viernes, 23 de julio de 2010

España: Cinco jueces del Constitucional denuncian que la Ley del aborto crea un “daño irreparable”

Juan Francisco Jiménez Jacinto
Cinco jueces del Constitucional han manifestado que el aborto viola el derecho a la vida y por ello, se opusieron a que continuara en vigor la Ley del Aborto hasta que haya una sentencia firme sobre la constitucionalidad de la norma, ya que, consideraban que si la norma no se ejecuta hasta que se resuelvan los recursos presentados por el PP y Gobierno de Navarra puede suponer “daños irreparables”.
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) rechazó suspender cautelarmente por seis votos a cinco la aplicación de la nueva Ley del Aborto. La consecuencia es que miles de abortos se están empezando a practicar bajo criterios que, posiblemente, sean declarados inconstitucionales dentro de un período de tiempo, cuando un Tribunal Constitucional, que está a expensas de una reforma, pueda abordarlo.
El auto del TC elaborado tras la votación dice que el Constitucional no contempla que “ninguna limitación de la aplicación de una ley estatal como consecuencia de que haya sido impugnada ante el alto tribunal”. Sin embargo, uno de los magistrados que pretendían parar la norma, Jorge Rodríguez Zapata argumentaba que “nunca se había enfrentado el Tribunal ante la solicitud de sus pensión de una ley cuyo contenido afecta de modo tan intenso a los fundamentos mismos de nuestro sistema de derechos fundamentales”.
En su voto particular, Rodríguez-Zapata considera que la justificación de la suspensión de las leyes estatales “ha de buscarse en la necesidad de precaver perjuicios irreversibles vinculados a los derechos fundamentales de la persona”.
Tanto Rodríguez Zapata, como otros tres magistrados -Guillermo Jiménez Sánchez, Javier Delgado Barrio y Ramón Rodríguez Arribas- consideran insuficiente el argumento principal del auto que arguye la doctrina del caso de los ‘papeles de Salamanca’ para justificar que el alto tribunal no tenía facultades para paralizar la norma.

La irreparable “eliminación de vidas humanas”
El quinto magistrado que pretendía paralizar la norma hasta una resolución firme del TC, Eugeni Gay Montalvo coincide con este criterio del auto, no obstante, sostiene que la ley afecta al derecho a la vida y por tanto debe “entenderse” y “considerarse” su suspensión cautelar. Además tilda la situación de “un caso límite en el ámbito del derecho” que podría llevar a un “perjuicio irreparable” que supondría “la eliminación de vidas humanas”.
Gay además denuncia que con la nueva ley “es la decisión unilateral de la mujer la que puede dar a lugar a la interrupción de la gestación de la vida”.
Por su parte, el juez Javier Delgado, sostiene que el nasciturus es un “bien jurídico protegido” por la propia Constitución, tal y como recoge la sentencia de 1985 del TC.
En este sentido, Gay Montalvo asegura que la alegación del PP de que existe un “evidente perjuicio irreparable”, debió no sólo “considerarse” sino también “atenderse”, ya que estima que al afectar al derecho a la vida, éste se convierte, en una prioridad "ineludible" para el legislador.
Rodríguez Arribas argumenta que el riesgo “indiscutible” de que mientras se tramitan los recursos “se extingan legalmente (...) multitud de vidas nasciturus (concebida pero no nacida) obligaba, en atención a la extrema excepcionalidad del caso y sin prejuzgar la cuestión de fondo”, suspender aquellos preceptos cuya aplicación podría producir "efectos irreversibles" para el derecho a la vida.
Javier Delgado, por último, opina que “nunca en la historia” de este tribunal se había presentado una situación como la presente, ya que “nunca había ocurrido que durante un proceso pudiera producirse una extinción de vidas, daño terminantemente irreparable, que podría resultar inconstitucional”.

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