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viernes, 27 de agosto de 2010

San Luis: LOS NIÑOS SON INJUSTAMENTE DISCRIMINADOS

En la solemnidad de San Luis Rey, los obispos puntanos han emitido una declaración en la que denuncian la injusta discriminación de la que son objeto los niños y reclaman la urgente defensa de sus derechos.
Les han negado “su derecho natural a tener un papá y una mamá”, dicen, con la reciente sanción de la “injusta ley” “por la cual las uniones del mismo sexo han pasado a considerarse idénticas a las uniones matrimoniales del varón y la mujer”, aprobada por “una escasa mayoría de legisladores argentinos -mayoría obtenida a través de intensas presiones-“. Sus consecuencias negativas, afirman, “alcanzarán su mayor gravedad en todo el ciclo escolar”, la nueva planificación inducirá a los niños “a cuestionarse la identidad sexual de la cual en su inmensa mayoría se sienten naturalmente seguros”.
Manifiestan además que “los activistas que promueven la cultura del aborto en la Argentina, son los mismos, o están estrechamente coordinados, con los que promovieron el matrimonio homosexual”.
Tras reiterar que el derecho a la vida es el primer y fundamental derecho, enfatizan, “si un niño indefenso e inocente es asesinado antes de nacer, sufre la más terrible e injusta de las discriminaciones”.
Destacan que en la “promoción legal del aborto” se invocan las cifras de mortalidad materna y se ofrece la “absurda solución” de asesinar a cientos de miles de niños “con cuidados médicos seguros, legales y gratuitos” para que sus madres no sufran peligro. Mientras que otros pretenden instalar esa práctica con un mero “trámite burocrático en que por una interpretación ‘amplia’ del Código Penal, se daría curso a una Guía Ministerial de máximo permisivismo abortista”.
No es posible creer, concluyen al respecto, que en sociedades modernas y desarrolladas no existan posibilidades legales para un trámite de justa y rápida adopción. Ni tampoco, que se carezca de posibilidades para brindar a esas madres el apoyo social, económico, psicológico, moral y espiritual que necesitan, para no ser cómplices de la muerte de sus hijos. Todo eso es posible. Pero es rechazado por el terrible desprecio discriminatorio hacia el niño por nacer”.
A continuación el texto completo de la declaración:


MENSAJE A TODO EL PUEBLO DE SAN LUIS Y DE LA PATRIA
Por el camino de la injusta discriminación contra el niño, se propone el asesinato del niño.
Dirigimos este mensaje a todos los fieles católicos, y a todo el pueblo de San Luis y de la Patria. Nos dirigimos así a los fieles de los cultos evangélicos, con quienes nos hemos unido ante los mismos desafíos. Nos dirigimos a los fieles de los restantes cultos, y también a quienes sin profesar ningún culto, creen en la realidad de la naturaleza humana y en la defensa de sus derechos.
I). Hoy, es urgente defender los derechos de los niños. Ellos, por su naturaleza humana, tienen como derecho primero y fundamental el derecho a nacer, el dere­cho a la vida. Si eso se les niega, pierden todos los demás derechos. Si un niño indefenso e inocente es asesinado antes de nacer, sufre la más terrible e injusta de las discriminaciones. Se le niega todo.
Cuando se rechaza esta verdad, evidente para la inteligencia que caracteriza a nuestra naturaleza humana, se construye una sociedad inhumana. Frente a la cultura de la vida, se elige la cultura de la muerte. Se elige la cultura de la promoción legal del aborto.
Se intenta justificar esa cultura mortífera, invocando el peligro de los abortos clandestinos. No hay cifras seguras pero se estima que podría llegar a morir una madre cada cuatro mil abortos clandestinos
[1]. Pero la absurda “solución” es asesinar a esos cuatro mil niños, con cuidados médicos seguros, legales y gratuitos a sus madres, para que no sufran peligro.
Por supuesto, no se utilizará la chocante palabra “asesinar”. Se dirá que solo se trata de una “interrupción del embarazo”. Pero serán vidas definitivamente interrumpidas.
Otro subterfugio es presentar este tema -no como una cuestión de vida o muerte en que podrían llegar a alterarse básicos principios constitucionales- sino como un mero trámite burocrático en que por una interpretación “amplia” del Código Penal, se daría curso a una Guía Ministerial de máximo permisivismo abortista. Por ahora, la conciencia del principal responsable lo ha impedido.
No es posible creer que en sociedades modernas y desarrolladas no existan posibilidades legales para un trámite de justa y rápida adopción. Ni tampoco, que se carezca de posibilidades para brindar a esas madres el apoyo social, económico, psicológico, moral y espiritual que necesitan, para no ser cómplices de la muerte de sus hijos. Todo eso es posible. Pero es rechazado por el terrible desprecio discriminatorio hacia el niño por nacer.
II). Iniciando el camino de esa injusta discriminación contra el niño, una escasa mayoría de legisladores argentinos -mayoría obtenida a través de intensas presiones- ha aprobado una injusta ley sobre la cual nuestro pueblo no fue consultado en las plataformas electorales previas, ni tampoco después. Nos referimos a la ley por la cual las uniones del mismo sexo han pasado a considerarse idénticas a las uniones matrimoniales del varón y la mujer. Es una ley contraria a la realidad de la naturaleza humana, que sólo puede realizarse en una verdadera familia, a través de la diferencia y la complementariedad de la unión entre los dos sexos. Si no hubiera sido siempre así, habría dejado de existir la especie humana.
Se pretendió que de esa manera se superaba una discriminación, cuando solo se estaba negando la realidad. Sobre esa base falsa se perpetraron entonces injustas discriminaciones.
Así, se discriminó injustamente al niño, negándole su derecho natural a tener un papá y una mamá, sostén natural indispensable para que tanto los varones como las nenas puedan desarrollarse normalmente en su propia identidad sexual.
Las consecuencias negativas de la ley alcanzarán su mayor gravedad en todo el ciclo escolar, inicial, primario y secundario. Allí se ha planificado que todos los alumnos se inicien en la llamada “perspectiva de género”, de un modo que inevitablemente los inducirá a cuestionarse la identidad sexual de la cual en su inmensa mayoría se sienten naturalmente seguros. Dicha inmensa mayoría habrá sufrido y sufrirá, entonces, una injusta discriminación. No se respetarán sus derechos a ser sostenidos en esa natural identidad sexual.
Hoy, los activistas que promueven la cultura del aborto en la Argentina, son los mismos, o están estrechamente coordinados, con los que promovieron el matrimonio homosexual, y procuran extender sus efectos a toda la sociedad en lo educativo y cultural.
Se trata de un proyecto globalizado, cuyo núcleo central se vincula indudablemente a sectores de las Naciones Unidas. En nombre de la lucha contra la discriminación, despliegan la discriminación más activa e injusta contra quienes creen que Dios es “fuente de toda razón y justicia”, y viven sostenidos por esa fe.
La Iglesia confía en que Cristo seguirá guiándola e iluminándola, para que comprenda en la esperanza estos signos de los tiempos, y sin desanimarse nunca transmita el testimonio de la verdad en el amor, que es su misión.

San Luis, 25 de agosto de 2010
Solemnidad de San Luis Rey
+Mons. Jorge Luis Lona
Obispo Diócesis de San Luis
+Mons. Pedro Daniel Martínez
Obispo Coadjutor Diócesis de San Luis

____________________
[1] En un Editorial de “La Nación” (15/08/10), se cita una cifra de 80 muertes cada 460.000 abortos clandestinos, es decir, una muerte cada 5750 abortos
fuente: NOTIVIDA

lunes, 7 de junio de 2010

EL LOBBY GAY REDOBLÓ LA APUESTA

La Comisión de Legislación Penal podría dar dictamen a la modificación de la antidiscriminatoria que incorporaría la no discriminación por “género, identidad de género o su expresión y orientación sexual". De convertirse en ley, convalidaría todos los reclamos del lobby gay incluido el “matrimonio” y la adopción, y los defensores del orden natural serían pasibles de sanciones.
Por Mónica del Río


La Comisión de Legislación Penal de la cámara baja amplió el temario que incluye filicidio y agregó la modificación de la antidiscriminatoria que pretende incorporar la no discriminación por “género, identidad de género o su expresión y orientación sexual" en la Ley 23592. El proyecto que cuenta con el despacho favorable de la Comisión de Derechos Humanos quedaría -con el visto bueno de Penal- listo para llegar al recinto.
El predictamen sobre el que trabaja Penal considera actos discriminatorios a los que “tengan por objeto o resultado impedir, obstruir, restringir o menoscabar el ejercicio de algún derecho o garantía”, relacionado, entre otros, con cuestiones de “género, identidad de género o su expresión, y orientación sexual”. Esta modificación forzaría la aceptación legal de todos los reclamos del lobby gay, entre ellos, el “matrimonio” y la adopción.
Junto con la Antidiscriminatoria se modificaría el Código Penal, para reprimir con prisión de un mes a tres años al que por cualquier medio aliente o incite la discriminación por “género u orientación sexual”.
Es fácil advertir que de convertirse en ley, será la herramienta legal para perseguir a cualquiera que defienda el orden natural. Por ejemplo, disentir -aún en la predicación religiosa- con el “estilo de vida homosexual” u oponerse a que los chicos de una escuela reciban clases de “orientación sexual” con material gráfico, sería penado por la ley, como ya ocurre en otros países.
Quedarían legitimados para iniciar acciones judiciales por discriminación: el Defensor del Pueblo, el INADI y todas las asociaciones que trabajan por los “derechos” de gays, lesbianas, travestis, transexuales y bisexuales.
Recordemos que Mons. Baldomero Martini, Obispo de San Justo y su Obispo auxiliar, Mons. Damián Santiago Bitar, fueron denunciados ante el INADI por la carta que le enviaron al presidente de la Cámara de Diputados de la Nación, Dr. Eduardo Alfredo Fellner -y por su intermedio a todos los diputados- oponiéndose a la legalización del “matrimonio” homosexual. Denuncia que el organismo aceptó emplazando al obispo a que en el término de 10 días ofrezca su descargo.
El proyecto en estudio fue aprobado por las comisiones el año pasado en pleno debate por el homomonio y volcado en la O.D. Nº 2111/2009 que tuvo pedida la preferencia para el 18/11/09, pero no llegó a tratarse y el dictamen cayó en diciembre por la renovación de la Cámara.
Éste año la Comisión de Derechos humanos lo despachó con prontitud y lo giró a Legislación Penal que estaría próxima a expedirse.
fuente: NOTIVIDA

miércoles, 21 de octubre de 2009

TOTALITARISMO HOMOSEXUAL: AVANZA LA LEY MORDAZA

No podrán expresarse libremente los que defiendan el orden natural. Sería delito criticar el estilo de vida homosexual. Tiene dictamen en la cámara baja el proyecto que intenta modificar la ley antidiscriminatoria para incluir la no discriminación por "género, identidad de género o su expresión, y orientación sexual". El proyecto fue impulsado por la Coalición Cívica y, con el apoyo del kirchnerismo, quedó listo para ser debatido en el recinto.

La comisiones de Derechos Humanos y Legislación Penal, de la Cámara de Diputados de la Nación, emitieron dictamen conjunto sobre el proyecto de Marcela Rodríguez (exp. 254/2009) que intenta, una vez más, modificar la Ley Antidiscriminatoria. Se incorporarían, entre otros, la no discriminación por “género, identidad de género o su expresión, y orientación sexual”. Una lectura bíblica -aún dentro del templo- podría ser interpretada como un acto discriminatorio y el que la predique llevado ante los tribunales. Esto podría ocurrir, por ejemplo con: "ni los afeminados, ni los homosexuales (...) heredarán el Reino de Dios" (I Corintios 6, 9-10).

Totalitarismo homosexual

Simultáneamente modificarían el Código Penal, lo que permitiría encarcelar a cualquiera que “alentare o incitare” la discriminación por “orientación sexual”. Con expresiones tan vagas, todo el que defienda el orden natural sería pasible de sanción penal. Por ejemplo, se podría enviar a prisión a padres que se opongan a que un activista homosexual imparta clases de "orientación sexual", con material gráfico, a un hijo de cinco o seis años.

Los jueces estarían facultados para actuar de oficio, intimando “al cese inmediato del acto discriminatorio y la reparación del daño moral y material ocasionado”. Podrían, por ejemplo, prohibir una conferencia sobre familia que mencione su estructura natural.

Se invierte la carga de la prueba

“Demostrar que el acto u omisión no es discriminatorio recaerá sobre el denunciado” (.) “Se presume discriminatoria, salvo prueba en contrario, toda disposición de carácter público o privado que depare un trato desigualitario”. Por ejemplo, podrían querellar a una congregación religiosa femenina que no admita travestis y la congregación tendría que probar que no incurrió en un acto discriminatorio.

Además de los jueces, que podrían actuar de oficio, estarían legitimados para iniciar proceso judicial “la persona o grupo de personas afectadas, el defensor del pueblo, los organismos del Estado con competencia específica en cada caso y las asociaciones que propendan a la defensa de los derechos humanos, la eliminación de toda forma de discriminación o la promoción de los derechos de las personas discriminadas”. El INADI o activistas LGBT, podrían querellar a cualquiera que diga, por ejemplo, que la homosexualidad se puede curar (ImpulsoBaires, 27/03/2009).

Voces a favor y en contra del proyecto

El proyecto de Marcela Rodríguez (Coalición Cívica) fue cofirmado por: Elisa Carca (Coalición Cívica), Claudia Gil Lozano (Coalición Cívica), Silvia Storni (UCR), Remo Carlotto (FpV), Norma Morandini (Memoria y Democracia), Laura Sesma (PS), Diana Conti (FpV), Emilio García Méndez (Solidaridad e Igualdad), Victoria Donda (Encuentro Popular y Social) y Vilma Ibarra (Encuentro Popular y Social).

El dictamen de las comisiones lleva las firmas de: los kirchneristas Nora César, Carlos Kunkel, Miguel Iturrieta, Stella Maris Córdoba, Araceli Carmona, Julia Perié, Héctor Recalde y Jesús Rejal. Acompañados por: Victoria Donda (Encuentro Popular y Social), Marta Velarde (Justicialismo Republicano), Claudia Gil Lozano (C.C.) y Ma. Graciela De La Rosa (PJ).

Presentaron disidencias totales: Hugo Acuña del MPN y Nora Ginzburg, del Frente por los Derechos Ciudadanos, que presentó su disidencia cuando el dictamen completó las 15 firmas que necesitaba para llegar al recinto.

fuente: NOTIVIDA

lunes, 31 de agosto de 2009

AVANZA LA MODIFICACIÓN DE LA ANTIDISCRIMINATORIA

Penalizarían la discriminación por "género, identidad de género o su expresión, y orientación sexual". Cualquiera que defienda el orden natural sería pasible de sanción.
La Comisión de Derechos y Garantías del Senado elaboró el borrador del dictamen que modifica la Ley 23.592 Penalización de Actos Discriminatorios y sería inminente su despacho. El proyecto (expediente 917/09) fue presentado por María Cristina Perceval (PJ, Mendoza), Luis Petcoff Naidenoff (UCR, Formosa) y Eric Calcagno y Maillman (FpV, BsAs).
Si este proyecto se convierte en ley el que disienta, aún en la predicación religiosa, con el “estilo de vida homosexual” o se oponga a que sus hijos reciban clases de “orientación sexual” con material gráfico, será penado por la ley, como ya ocurre en otros países. Del mismo modo, un homosexual que no sea admitido en un seminario -conforme a la instrucción vaticana- podría iniciar querella judicial.
Quedarían legitimados para interponer acción de amparo la persona o grupo de personas afectadas, el Defensor del Pueblo de la Nación, los organismos del Estado con competencia específica en cada caso y las organizaciones que promuevan la defensa de los derechos humanos, la eliminación de toda forma de discriminación o la promoción de los derechos de las personas discriminadas. La acción judicial podría ser entablada, entre otros, por el INADI o la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales (FALGBT).

Serán reprimidos con prisión de un mes a tres años los que participaren en una organización, la financiaren o realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de un grupo de personas (.) que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación. En esto podría encuadrar la publicidad de una conferencia que mencione la estructura natural de la familia.
La condena por discriminación deberá contener medidas de sensibilización, capacitación y concientización al responsable del acto discriminatorio, que podrán consistir en la realización de tareas comunitarias, vinculadas a los hechos por los que se lo condena, las que podrán ser realizadas en asociaciones que tengan por objeto la defensa de los derechos del grupo discriminado. Por ejemplo, el que predique Romanos 1, 26-27; podría ser obligado a realizar tareas en la sede de la Comunidad Homosexual Argentina.
fuente: NOTIVIDA

jueves, 25 de junio de 2009

VIGE EL “DERECHO A SER DIFERENTE”

Macri no vetó y la ley, promulgada automáticamente el 10 de junio, se publicó ayer en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
La Ley 3.062 de la Ciudad de Buenos Aires, sancionada sin ninguna oposición el 14 de mayo, se publicó ayer en el B.O. Nº 3200.
Conforme a esta ley, el nombre adoptado por travestis y transexuales “deberá ser utilizado para la citación, registro, legajo, llamado y cualquier otra gestión administrativa tanto en la Legislatura de la C.A.B.A. como en las dependencias de la Administración Pública Central (.) y en todas aquellas otras organizaciones empresariales donde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tenga participación
(art. 2º). Cuando nombren en público a una persona trans deberán usar el nombre adoptado, en lugar del que figura en el documento de identidad
(art. 4º).Quedan comprendidas en la presente ley: La Resolución 2272/07 de De Micheli (Ministro de Salud de Telerman), que garantizó que, en las dependencias de salud, se use el nombre correspondiente “a la identidad de género adoptada o autopercibida” del paciente. Y la Resolución 122/03 de Filmus (Secretario de Educación de Ibarra), que recomendó lo mismo a todos los establecimientos educativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sean éstos de gestión pública o privada.
Recordemos finalmente que el proyecto, elaborado por Diana Maffia (Acuerdo Cívico y Social), contó con el visto bueno de todos los bloques (Vid, entre otros, Notivida nº 523, 541, 542 y 594).
Fuente: NOTIVIDA

lunes, 13 de abril de 2009

(NEW YORK – C-FAM) En la sesión plenaria de la semana pasada, el Parlamento Europeo aprobó con 360 votos a favor y 277 en contra una “Directiva de Anti-discriminación” la cual, según sus críticos, abre paso a interferir en las políticas sociales de los países miembros y fortalece la posición de los activistas homosexuales. La resolución legislativa, llamada “Igualdad de trato entre las personas independientemente de su religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual”, fue votada después de haber pasado por el Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior de la Unión Europea (UE). Esta directiva, la cual originalmente buscaba dar trato equitativo a los discapacitados al prohibir la discriminación de acceso a “bienes y servicios, incluyendo vivienda”, se expandió para incluir las categorías de religión o credo, edad y “orientación sexual.
Kathalijne Maria Buitenweg, vice-presidenta del grupo de trabajo parlamentario de International Lesbian and Gay Association (ILGA) y miembro del Partido Verde Europeo, encabezó el comité de redacción de la directiva y orquestó la resolución. Buitenweg enfatizó vigorosamente la importancia de “combatir toda forma de discriminación”, declarando que “Debe ser posible para dos hombres alquilar un cuarto de hotel” aunque no quedó claro en qué parte de Europa no se permite esto. Los críticos alegan que las organizaciones no gubernamentales que abogan por “derechos homosexuales”, tales como ILGA, trataron de imponer su agenda al expandir la directiva para incluir todas las formas de discriminación, incluyendo explícitamente aquella basada en “orientación sexual”. (ILGA ha sido rechazada por la ONU para obtener un estatus de organización no gubernamental por muchos años debido a sus ligas con grupos pedófilos). Hay quienes ven la directiva como otro ejemplo en el que la UE impone un punto de vista particular sobre la moralidad en sus estados miembros. La tendencia de la UE a excederse de su mandato e imponer sus predilecciones morales en los países se vio hace algunas semanas cuando el parlamento serbio sucumbió a las presiones de la UE al adoptar una ley anti-discriminación, apoyada por quienes abogan por los derechos homosexuales, con la esperanza de volverse miembro de la UE.
Un ejemplo de intolerancia en el nombre de la tolerancia es el caso del pastor sueco Åke Green, quien fue acusado de violar una ley sueca de no discriminación por catalogar la conducta homosexual como pecaminosa en un sermón, su castigo fue revertido por la defensa. El miedo predominante es que las nuevas cláusulas de orientación sexual inviten a nuevas interferencias a las políticas sociales de las naciones y fomenten la coerción hacia quienes creen que la conducta homosexual es un acto inmoral que va contra sus creencias.
Antes de volverse vinculante para los estados miembros, la Directiva de Anti-Discriminación aún debe ser votada por el Consejo de Ministros de la UE, un organismo separado que de facto funciona como una cámara alta legislativa. El Consejo de Ministros está conformado por los ministros de cada nación cuya responsabilidad englobe el tema que está siendo votado. El voto de cada país está ponderado de acuerdo al tamaño relativo de la población de cada uno, donde los votos de Italia, Francia, Gran Bretaña y Alemania son los de mayor peso mientras que Malta es el de menor. La aprobación de la directiva se atribuyó a una coalición de partidos comunistas, liberales, socialistas y verdes.
Traducción: Paola Ocejo, Katharina Rothweiler
fuente: C-Fam


viernes, 19 de diciembre de 2008

La ONU llama a despenalizar la homosexualidad en todo el mundo.

Argentina fue uno de los promotores más activos de la medida y leyó la declaración
La Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó ayer una declaración que exhorta a poner fin a las violaciones de los derechos humanos fundadas en la orientación sexual y la identidad de género. El documento, firmado por 66 países y presentado por la Argentina, significa el primer paso para la despenalización universal de la homosexualidad. En más de 80 países todavía hay leyes que la castigan, incluso con la pena de muerte (en Arabia Saudí, Emiratos Árabes, Irán, Mauritania, Nigeria, Sudán y Yemen). En la mitad de ellos son un resabio de las "leyes de sodomía" de la colonización británica, que ponían bajo sospecha las costumbres sexuales de los pueblos conquistados. Un reciente informe de Human Rights Watch explica que, en 36 países, esas leyes derivan de una sola ley sobre conducta homosexual que el gobierno colonial británico impuso en India en 1860. Esa ONG fue una de las que apoyaron la declaración, impulsada principalmente por la International Gays and Lesbian Association (ILGA). La iniciativa es el primer resultado concreto del Comité IDaHo, sigla del Día Internacional Contra la Homofobia, instaurado en 2006."Los gobiernos de América Latina están ayudando a abrir el camino, como defensores de la igualdad ¿? y partidarios de esta declaración", señaló la mexicana Gloria Careaga Pérez, co-secretaria general de ILGA. En ese sentido, Argentina tuvo, junto con Francia, un papel protagónico al impulsar el documento, que fue presentado por Jorge Argüello, embajador argentino ante la ONU."Esto refuerza el compromiso de nuestro país para adecuar las normas para terminar con las violaciones de derechos humanos ¿? a nuestra comunidad", destacó a Clarín, desde Nueva York, Pedro Paradiso Sottile, coordinador del área jurídica de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), quien integró el equipo de ILGA que trabajó en el tema.La declaración, que no tiene estatus de tratado, enmarca la diversidad sexual en los derechos humanos. Expresa la alarma de los países firmantes "por la violencia, acoso, discriminación, exclusión, estigmatización y prejuicio que se dirigen contra personas de todos los países del mundo por causa de su orientación sexual o identidad de género".El documento también condena las violaciones a los derechos humanos por esta causa. Y urge a los Estados a tomar "las medidas necesarias, en particular las legislativas o administrativas", para despenalizar la elección sexual.Toda la Unión Europea y casi toda América Latina —incluso Cuba— suscribieron la declaración, a la que también adhirieron Japón, Israel, Canadá, Australia, Nueva Zelanda, Nepal, República Centroafricana y Gabón, un país islámico. No firmaron Estados Unidos —argumentó que el sistema federal le impide tomar este tipo de compromisos—, China, Rusia ni el Vaticano; de este último, observador permanente ante la ONU. El embajador sirio Abdullah al-Hallaq, en nombre de 58 países islámicos, leyó una declaración en contra, donde se advierte que la homosexualidad podría "conducir a la normalización social y probablemente la legitimación de muchos actos deplorables, como la pedofilia". Consideró además que el documento aprobado constituye una injerencia en los asuntos internos de los países. Con sólo un tercio de los votos, aún se está lejos de que las minorías sexuales dejen de ser perseguidas y gocen de todos los derechos humanos. "Pero es la primera vez que la Asamblea General de la ONU trata este tema", celebró Paradiso Sottile.
fuente: Clarín

viernes, 24 de octubre de 2008

URGENTE!! PENALIZARÍAN LA DEFENSA DEL ORDEN NATURAL

La Comisión de Legislación Penal estudia la modificación de ley antidiscriminatoria que ya cuenta con dictamen de Derechos Humanos. Con el visto bueno de Penal el proyecto podría llegar al recinto antes de fin de año.
La Comunidad Homosexual Argentina (CHA) lleva años impulsando esta modificación. Reformas similares alcanzaron la media sanción en Diputados el 4/12/2003 (Vid Notivida 193) y en el Senado el 30/11/05 (vid. Notivida 328 y 329). Providencialmente, ambas naufragaron en la cámara revisora.
El predictamen sobre el que trabaja Penal considera actos discriminatorios –por acción u omisión-, entre otros, los relacionados con cuestiones de “género, identidad de género o su expresión, y orientación sexual”. Esta inclusión arrastraría la aceptación legal de todos los reclamos del lobby gay.
Serían considerados actos discriminatorios los que de algún modo impidan, obstruyan, restrinjan o menoscaben el ejercicio igualitario de los derechos y garantías reconocidos en una ley. Entre esas leyes está la de matrimonio, por lo que la modificación habilitaría a las parejas homosexuales a contraer “matrimonio”.
Quedarían legitimados para iniciar acciones judiciales por discriminación: el Defensor del Pueblo, el INADI y todas las asociaciones que trabajan por los “derechos” de gays, lesbianas, travestis, transexuales y bisexuales. Ejemplificando, un colectivo gay o el INADI, podrían querellar a un centro de recuperación de homosexuales
.
Hecha la denuncia “la carga de demostrar que el acto no es discriminatorio recaerá sobre el demandado”. A las indemnizaciones que se estipulen, se le añadiría automáticamente la correspondiente al daño moral.
La condena por discriminación incluiría la realización de tareas comunitarias, por el tiempo que determine el juez, vinculadas a los hechos por los que se lo condena, las que podrán ser realizadas en asociaciones que tengan por objeto la defensa de los derechos del grupo discriminado. Por ejemplo, el que predique Romanos 1, 26-27 [i]; podría ser obligado a realizar tareas en la sede de la Comunidad Homosexual Argentina. Esto sin perjuicio de la disculpa pública o la implementación de medidas internas de acción positiva a favor de ese grupo. Medidas de acción positiva podrían ser, por ejemplo, la admisión de homosexuales en los seminarios, en oposición a la instrucción de la Santa Sede.
Todo lugar de acceso público –colegios, centros de salud, etc- deberían exhibir en el ingreso un cartel con la descripción de las discriminaciones previstas por esta ley. Un colegio de mujeres se vería obligado a admitir travestis y un centro de salud a internarlos en salas de mujeres.
El autor de un acto discriminatorio sería reprimido con prisión de un mes a un año y el que “aliente la discriminación contra un grupos de personas” con prisión de un mes a tres años.
De convertirse en ley, la defensa del orden natural no tendrá alternativas: la claudicación o la persecución.

domingo, 21 de septiembre de 2008

Negociados que surgen del aborto

Retomando el tema de la nueva norma anteriormente publicada por Actitud: Jóvenes Pro-Vida que intenta aprobar el gobierno de Zapatero en España, encontré este documento donde se muestran los negociados que surgen de dicha norma.

Aquí vemos uno de los tipos de asesinato que se utilizan para dar fin a la vida de niños por nacer, QUEMADOS VIVOS dentro del vientre de su madre.

Zapatero y su gobierno del PSOE quieren LEGALIZAR estas prácticas, promoviendo de este modo su realización en forma masiva.


martes, 2 de septiembre de 2008

Niegan cobertura médica a chicos con síndrome de Down

Tanto las obras sociales como las prepagas dificultan la afiliación o tratamientos

"Si sabía que lo iban a dejar afuera, hubiese preferido quedarse adentro". Así reza el spot con el que la Asociación Síndrome de Down de la República Argentina (Asdra) promueve los derechos de las personas con esta alteración genética. Y eso fue lo que sintió la familia de Jazmín, una niña de dos años que tiene síndrome de Down (SD), cuando una obra social se negó a afiliarla.

El caso se dio a conocer en julio último luego de que la Justicia ordenó al Instituto de Seguridad Social de Neuquén afiliar a la niña, tras una denuncia presentada por su familia. Pero Jazmín no es la única marginada de las prestaciones básicas de salud. Según dijeron a LA NACION directivos de Asdra, esta organización recibe "200 consultas telefónicas por mes (y una cantidad similar por e-mail) respecto de inconvenientes que tienen los padres" con las obras sociales y las prepagas.

"Nos dio una angustia terrible cuando nos dijeron que afiliaban a todo el grupo familiar menos a Jazmín", contó a LA NACION Fabián Arias, el padre de la chica. "Como excusa dijeron que tenía una enfermedad preexistente y por eso no aceptaban darle cobertura", explicó. A pesar del fallo a favor de Arias, la obra social apeló y Jazmín todavía no tiene cobertura, según contó su familia.

Pero el SD no es una enfermedad, sino una alteración genética. Según las estadísticas, uno de cada 670 nacimientos en la Argentina presenta esta alteración. Las tendencias muestran que la proporción de nacimientos con SD en mujeres de entre 20 y 35 años es de 1 en 2000; en mujeres de 35 a 45 es de 1 en 200, y aumenta a 1 en 20 en las que pasan los 45 años.

"Es una barbaridad que digan que es una enfermedad: una persona con SD puede tener los mismos o menos problemas que cualquiera", indicó el presidente de Asdra, Raúl Quereilhac, que también tuvo una serie de inconvenientes a la hora de requerir cobertura para su hija con SD, Melina. "Tanto las obras sociales como las prepagas, de una te niegan la cobertura -dijo Quereilhac-. Pero eso es una respuesta de mostrador: no se animan a ponerlo por escrito porque saben que están obligados por ley a brindar total cobertura."

Protección legal
"El primer inconveniente lo tuve cuando mi hija Bianca cumplió seis meses", contó Ana Tenuta, madre de una chica de 8 años con SD. "Me dijeron que se habían acabado las sesiones de estimulación temprana para ese año, y que debía esperar al año próximo para continuarlas", agregó. Tenuta consiguió una medida cautelar que le permitió a Bianca continuar sus sesiones. "Cada vez que mi nena necesita algún tratamiento tengo que recurrir a mi abogada -se quejó Tenuta-. Es muy desgastante emocionalmente y es una discriminación inaceptable."

La ley 26.378 determinó la inclusión de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; la ley 24.901 (sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad) obliga a las obras sociales nacionales a brindar una cobertura integral a personas con alguna discapacidad. "Sin perjuicio de lo importante que sería tener una legislación específica sobre síndrome de Down, la protección está armada desde un abanico de normas que protegen a las personas con esta alteración", opinó Marcela Basterra, abogada constitucionalista especialista en derecho público y derechos humanos. La jurisprudencia también presenta antecedentes a favor de las personas con SD u otras discapacidades.

Por otra parte, la Asociación Programas Especiales (APE), que depende de la Superintendencia de Salud de la Nación, devuelve en nombre del Estado aproximadamente el 50% de lo que las prestadoras invierten en la cobertura de personas con SD.

Qué dicen las prestadoras
Según cuentan los padres de niños con SD, a la hora de presentar rechazos por escrito, la mayoría de las prestadoras se echan atrás con la negativa o se niegan a dejar constancia escrita.

Sin embargo, en la Cámara de Instituciones Médico-Asistenciales (Cimara), afirmaron que no existen tales negativas a dar cobertura. "La cobertura que les damos a los clientes con SD es integral, como la que ofrecemos a cualquier persona", dijo a LA NACION un representante de Cimara. "Por supuesto que siempre están los malos de la película, pero con las empresas asociadas a la cámara, que cuentan con dos millones de afiliados, nunca tuvimos problemas con la cobertura a personas con SD", agregó.

Pero para los familiares de estas personas la lucha es continua. "Para mí ya no se trata sólo de que respeten a mi hija, sino de que esto no les suceda a otras personas", dijo Tenuta.

El presidente de Asdra aconsejó informarse sobre lo que establecen las leyes en cuanto a las coberturas. "Es triste que tengamos que recurrir a las figuras legales, pero tenemos que hacer valer los derechos de nuestros hijos, que son seres maravillosos y merecen el mismo trato que todos", dijo Quereilhac.

Para más información, se puede visitar www.asdra.com.ar .
fuente: http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1045020