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viernes, 27 de enero de 2012

El Consejo de Europa recomienda prohibir la eutanasia y se posiciona a favor de la vida

27 de Enero, 2012. (Romereports.com) La Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa ha aprobado una resolución por la que recomienda prohibir la muerte asistida.
En ella dice que “la eutanasia, en el sentido de la muerte intencional, por acción u omisión, de un ser humano en función de su presunto beneficio, siempre debe estar prohibida”.
Ante legislaciones contradictorias entre países del Viejo Continente, el Consejo de Europa declara que es necesario recordar explícitamente que el asesinato intencional siempre debe estar prohibido.
Añade que cuando una persona decide acabar con la vida de un familiar enfermo no se debe admitir y que, en caso de duda, “la decisión siempre debe ser pro-vida y a favor de la prolongación de la vida.”
El Consejo de Europa, con sede en Estrasburgo, Francia, está formado por miembros de 47 países de Europa. Sus objetivos son la protección de los Derechos humanos, el imperio de la ley, fomentar la cultura y consolidar la estabilidad democrática.
Con la adopción de esta resolución, el Consejo de Europa se opone a legislaciones de países como Bélgica y Holanda que permiten la eutanasia.
Aunque la resolución no es juridicamente vinculante es un gesto más que simbólico que da Europa en favor de la vida.
PH
RR
-HC
-PR

martes, 5 de octubre de 2010

¡URGENTE! « ¡Salvemos la objeción de conciencia! »

Amigos, apoyemos a las organizaciones provida de Europa.
¡Cuidado! El 7 de octubre 2010, el Consejo Europeo, que cuenta con 47 países, va a votar para “reglamentar el derecho a la objeción de conciencia” para el personal médico. Se trata ni más ni menos de una negación de este derecho fundamental del personal médico y de una injuria a su libertad de conciencia.
Nosotros, ciudadanos de un país miembro del Consejo Europeo:

  • No aceptamos que se ponga en tela de juicio la objeción de conciencia de los profesionales de salud ;

  • Reafirmamos nuestro empeño de que ningún profesional se vea obligado a colaborar con un acto contrario a su conciencia ;

  • Rechazamos radicalmente la idea de una lista de objetores, puerta abierta a las burlas y discriminaciones profesionales.

  • En nombre de la libertad de conciencia, tal como queda establecida por la Carta de los derechos fundamentales de la Unión europea, pedimos a los parlamentarios que representan nuestros países en el Consejo Europeo que se opongan a esta injuria grave a la libertad.
Concretamente, el texto se refiere a los profesionales de salud que no quieren participar a actos médicos que van contra su conciencia, sea para practicar el aborto, la esterilización, ciertas técnicas de asistencia medica para la procreación y también la eutanasia en los Estados miembros donde estuviera legalizada.
El proyecto constituye una ofensa al derecho a la objeción de conciencia, que padecería, entre otras, 3 injurias graves:

  • la obligación de practicar el acto “en caso de urgencia” ;

  • La interdicción de ejercer este derecho para las personas participando indirectamente al acto ;

  • La creación de una lista oficial de objetores.
Nota L’Alliance pour les Droits de la Vie (Alianza para los derechos de la vida), miembro de la plataforma de los derechos fundamentales del Parlamento europeo, enviara esta Llamada europea a los parlamentarios del Consejo Europeo el 7 de octubre, antes de la sesión.

¡Difunde la campaña por todos los medios, quedan pocos días!
pega este enlace en Facebook y twitter:

lunes, 27 de septiembre de 2010

Consejo de Europa aprobaría aborto como "derecho" en octubre

La directora ejecutiva del Observatorio Europeo para la Dignidad (European Dignity Watch), Sophia Kuby, advirtió la existencia del Informe McCafferty, que promueve el aborto y podría ser aprobado por el Consejo de Europa el 7 de octubre.
Durante un encuentro convocado por Profesionales por la Ética (PPE), Kuby explicó que este informe ha sido presentado a votación en la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa. El texto promueve el aborto bajo el pretexto de que las mujeres deben acceder a la "salud reproductiva".
Según informó PPE, Kuby advirtió que el objetivo es imponer este supuesto derecho por encima de las objeciones de conciencia de los médicos y profesionales sanitarios, que mayoritariamente se niegan a practicar abortos. Se trata de "excluir de la práctica médica a las personas de convicciones sólidas, sean cuales sean, que se separen de la práctica y la ideología dominante".
Explicó que de esta manera se invierten los términos y se contrapone la libertad de conciencia a un supuesto nuevo derecho. Añadió que se crearía un registro de objetores, que es una lista negra para denunciar a los profesionales que se nieguen a practicar abortos.
Kuby indicó que todo esto responde a la estrategia de determinadas minorías, que están llevando a cabo en Europa un verdadero proceso de reingeniería social para poner en juego la vida, la familia y los derechos fundamentales.
fuente: ACI Prensa

viernes, 23 de julio de 2010

España: Cinco jueces del Constitucional denuncian que la Ley del aborto crea un “daño irreparable”

Juan Francisco Jiménez Jacinto
Cinco jueces del Constitucional han manifestado que el aborto viola el derecho a la vida y por ello, se opusieron a que continuara en vigor la Ley del Aborto hasta que haya una sentencia firme sobre la constitucionalidad de la norma, ya que, consideraban que si la norma no se ejecuta hasta que se resuelvan los recursos presentados por el PP y Gobierno de Navarra puede suponer “daños irreparables”.
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) rechazó suspender cautelarmente por seis votos a cinco la aplicación de la nueva Ley del Aborto. La consecuencia es que miles de abortos se están empezando a practicar bajo criterios que, posiblemente, sean declarados inconstitucionales dentro de un período de tiempo, cuando un Tribunal Constitucional, que está a expensas de una reforma, pueda abordarlo.
El auto del TC elaborado tras la votación dice que el Constitucional no contempla que “ninguna limitación de la aplicación de una ley estatal como consecuencia de que haya sido impugnada ante el alto tribunal”. Sin embargo, uno de los magistrados que pretendían parar la norma, Jorge Rodríguez Zapata argumentaba que “nunca se había enfrentado el Tribunal ante la solicitud de sus pensión de una ley cuyo contenido afecta de modo tan intenso a los fundamentos mismos de nuestro sistema de derechos fundamentales”.
En su voto particular, Rodríguez-Zapata considera que la justificación de la suspensión de las leyes estatales “ha de buscarse en la necesidad de precaver perjuicios irreversibles vinculados a los derechos fundamentales de la persona”.
Tanto Rodríguez Zapata, como otros tres magistrados -Guillermo Jiménez Sánchez, Javier Delgado Barrio y Ramón Rodríguez Arribas- consideran insuficiente el argumento principal del auto que arguye la doctrina del caso de los ‘papeles de Salamanca’ para justificar que el alto tribunal no tenía facultades para paralizar la norma.

La irreparable “eliminación de vidas humanas”
El quinto magistrado que pretendía paralizar la norma hasta una resolución firme del TC, Eugeni Gay Montalvo coincide con este criterio del auto, no obstante, sostiene que la ley afecta al derecho a la vida y por tanto debe “entenderse” y “considerarse” su suspensión cautelar. Además tilda la situación de “un caso límite en el ámbito del derecho” que podría llevar a un “perjuicio irreparable” que supondría “la eliminación de vidas humanas”.
Gay además denuncia que con la nueva ley “es la decisión unilateral de la mujer la que puede dar a lugar a la interrupción de la gestación de la vida”.
Por su parte, el juez Javier Delgado, sostiene que el nasciturus es un “bien jurídico protegido” por la propia Constitución, tal y como recoge la sentencia de 1985 del TC.
En este sentido, Gay Montalvo asegura que la alegación del PP de que existe un “evidente perjuicio irreparable”, debió no sólo “considerarse” sino también “atenderse”, ya que estima que al afectar al derecho a la vida, éste se convierte, en una prioridad "ineludible" para el legislador.
Rodríguez Arribas argumenta que el riesgo “indiscutible” de que mientras se tramitan los recursos “se extingan legalmente (...) multitud de vidas nasciturus (concebida pero no nacida) obligaba, en atención a la extrema excepcionalidad del caso y sin prejuzgar la cuestión de fondo”, suspender aquellos preceptos cuya aplicación podría producir "efectos irreversibles" para el derecho a la vida.
Javier Delgado, por último, opina que “nunca en la historia” de este tribunal se había presentado una situación como la presente, ya que “nunca había ocurrido que durante un proceso pudiera producirse una extinción de vidas, daño terminantemente irreparable, que podría resultar inconstitucional”.

lunes, 28 de junio de 2010

El matrimonio homosexual no es un derecho fundamental y universal, lo dice el Tribunal de Estrasburgo

ForumLibertas.com
Ningún Estado en Europa está obligado a admitirlo, ya que “el matrimonio es claramente entendido como la unión entre un hombre y una mujer”, señala una sentencia del Alto Tribunal europeo ante la demanda de una pareja gay contra Austria por negarse a casarlos
La Convención Europea de Derechos Humanos no obliga a ningún Estado a ampliar el derecho al matrimonio a las parejas homosexuales [...] el matrimonio es claramente entendido como la unión entre un hombre y una mujer”. De esta manera, el Tribunal Europeo de DD. HH. de Estrasburgo da la razón a Austria y zanja el conflicto planteado por una pareja de gays que denunciaron al Estado por negarse a casarlos en septiembre de 2002.
En esas fechas, Horst Michael Schalk y Johann Franz Kopf pidieron autorización para casarse al Ayuntamiento de Viena, que rechazó su solicitud alegando que sólo podían contraer matrimonio dos personas de diferente sexo.
Posteriormente, en abril de 2003, el Gobierno provincial de la capital austriaca ratificó la decisión del ayuntamiento, por lo que la pareja decidió recurrir meses después al Tribunal Constitucional, que también rechazó su demanda
Los demandantes llevaron entonces su petición al Alto Tribunal de Estrasburgo alegando una supuesta infracción del derecho al matrimonio, remitiéndose al artículo 12 de la Convención Europea de DD.HH. La pareja consideraba que eran víctimas de discriminación y que el Estado austriaco había incurrido en una falta de respeto hacia la vida privada y familiar.

No es un derecho fundamental
Sin embargo, el tribunal dictaminó por unanimidad que el mencionado artículo 12, relativo al derecho al matrimonio, no establece la obligación del Estado austriaco de “abrir el acceso” a ese derecho a una pareja homosexual.
Así lo hizo saber en un comunicado difundido por la Corte el pasado viernes, 25 de junio. El tribunal consideró que, pese a que son diversos los Estados europeos que ya han actualizado el concepto de matrimonio para hacerlo extensivo a las parejas del mismo sexo, la Convención Europea de Derechos Humanos de 1950 sólo garantiza como derecho fundamental el matrimonio entre un hombre y una mujer.
Desde 1950, “el matrimonio era claramente entendido como la unión entre un hombre y una mujer”, dice el Alto Tribunal, cuya sentencia íntegra (en inglés) puede consultarse en la web de la Corte Europea de Derechos Humanos.
El tribunal aclara que su fallo no supone un posicionamiento en contra de las uniones gays, sino que considera que el reconocimiento del matrimonio homosexual pertenece al ámbito de la soberanía de cada Estado y que a día de hoy no existe obligación por parte de esos estados a admitirlo.

La anomalía española
En Austria, al igual que en otros países europeos, entre ellos España desde 2005, las uniones de parejas del mismo sexo pueden formalizase mediante una unión civil desde el 1 de enero de 2010.
Pero el tribunal considera que no se puede acusar a Austria de no haber introducido el reconocimiento de los enlaces entre homosexuales hasta el presente año.
Esas uniones de homosexuales son entre los austriacos equiparables al matrimonio en algunos aspectos, aunque existen importantes diferencias. La más destacable es que en Austria las parejas del mismo sexo no pueden adoptar niños.
En ese sentido, se constata una vez más la anomalía española en el contexto europeo en lo referente, en este caso, a considerar que el matrimonio homosexual es un derecho, como ha defendido en numerosas ocasiones el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero. Tal como sentencia Bruselas, para que exista ese derecho debe ser universalizado.
Además, cabe resaltar que los derechos implican un trato igual para todos los que son iguales. Pero, el matrimonio homosexual lo que hace es tratar como iguales a los que son diferentes, por lo tanto no se puede hablar de un derecho universal.
Por otra parte, es previsible que Estrasburgo tenga que volver a manifestarse sobre la misma materia ya que una pareja de lesbianas rusas, Irina Fyet e Irina Shipitko, casadas en Toronto, han anunciado su intención de demandar al Estado ruso por no reconocer en su territorio la validez del matrimonio celebrado en Canadá.

lunes, 13 de abril de 2009

(NEW YORK – C-FAM) En la sesión plenaria de la semana pasada, el Parlamento Europeo aprobó con 360 votos a favor y 277 en contra una “Directiva de Anti-discriminación” la cual, según sus críticos, abre paso a interferir en las políticas sociales de los países miembros y fortalece la posición de los activistas homosexuales. La resolución legislativa, llamada “Igualdad de trato entre las personas independientemente de su religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual”, fue votada después de haber pasado por el Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior de la Unión Europea (UE). Esta directiva, la cual originalmente buscaba dar trato equitativo a los discapacitados al prohibir la discriminación de acceso a “bienes y servicios, incluyendo vivienda”, se expandió para incluir las categorías de religión o credo, edad y “orientación sexual.
Kathalijne Maria Buitenweg, vice-presidenta del grupo de trabajo parlamentario de International Lesbian and Gay Association (ILGA) y miembro del Partido Verde Europeo, encabezó el comité de redacción de la directiva y orquestó la resolución. Buitenweg enfatizó vigorosamente la importancia de “combatir toda forma de discriminación”, declarando que “Debe ser posible para dos hombres alquilar un cuarto de hotel” aunque no quedó claro en qué parte de Europa no se permite esto. Los críticos alegan que las organizaciones no gubernamentales que abogan por “derechos homosexuales”, tales como ILGA, trataron de imponer su agenda al expandir la directiva para incluir todas las formas de discriminación, incluyendo explícitamente aquella basada en “orientación sexual”. (ILGA ha sido rechazada por la ONU para obtener un estatus de organización no gubernamental por muchos años debido a sus ligas con grupos pedófilos). Hay quienes ven la directiva como otro ejemplo en el que la UE impone un punto de vista particular sobre la moralidad en sus estados miembros. La tendencia de la UE a excederse de su mandato e imponer sus predilecciones morales en los países se vio hace algunas semanas cuando el parlamento serbio sucumbió a las presiones de la UE al adoptar una ley anti-discriminación, apoyada por quienes abogan por los derechos homosexuales, con la esperanza de volverse miembro de la UE.
Un ejemplo de intolerancia en el nombre de la tolerancia es el caso del pastor sueco Åke Green, quien fue acusado de violar una ley sueca de no discriminación por catalogar la conducta homosexual como pecaminosa en un sermón, su castigo fue revertido por la defensa. El miedo predominante es que las nuevas cláusulas de orientación sexual inviten a nuevas interferencias a las políticas sociales de las naciones y fomenten la coerción hacia quienes creen que la conducta homosexual es un acto inmoral que va contra sus creencias.
Antes de volverse vinculante para los estados miembros, la Directiva de Anti-Discriminación aún debe ser votada por el Consejo de Ministros de la UE, un organismo separado que de facto funciona como una cámara alta legislativa. El Consejo de Ministros está conformado por los ministros de cada nación cuya responsabilidad englobe el tema que está siendo votado. El voto de cada país está ponderado de acuerdo al tamaño relativo de la población de cada uno, donde los votos de Italia, Francia, Gran Bretaña y Alemania son los de mayor peso mientras que Malta es el de menor. La aprobación de la directiva se atribuyó a una coalición de partidos comunistas, liberales, socialistas y verdes.
Traducción: Paola Ocejo, Katharina Rothweiler
fuente: C-Fam


sábado, 24 de enero de 2009

Miles recorrerán París este domingo para defender a no nacidos en Europa

Por quinto año consecutivo miles de personas de toda Europa recorrerán las calles de París en la Marcha por la Vida, una iniciativa que aboga por la defensa de los no nacidos y se ha convertido en la reunión pro-vida anual más grande del continente.
Cada año congrega a más personas de distintos países de Europa como Italia, España, Bélgica, Reino Unido, Polonia, Suiza, Alemania e Irlanda, entre otros.
La iniciativa comenzó en el año 2005 cuando grupos pro-vida franceses se reunieron para conmemorar el aniversario número 30 de la legalización del aborto en este país con el lema "30 años bastan".
Desde entonces, la marcha reúne a personas de todas las denominaciones religiosas y grupos políticos bajo una plataforma común: defender toda vida humana.
Según los organizadores, la edición de este año quiere acentuar la defensa de la vida en Europa debido a la cercanía de las elecciones al Parlamento Europeo previstas para junio.
"Hoy en día, los que se oponen al derecho a la vida tratando de difundir el aborto en Europa", sostienen los organizadores y denuncian que hay una campaña para alinear a todos los países europeos con las legislaciones más anti-vida.
Los manifestantes pedirán el domingo que el aborto sea abolido en los 27 países de la Unión Europea y el desarrollo de políticas públicas pro-familia que contemple la asistencia a mujeres con embarazos complicados.
fuente: ACI Prensa