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miércoles, 24 de abril de 2013

EL SENADO APROBÓ FECUNDACIÓN ARTIFICIAL



Senado de la Nación
EL SENADO APROBÓ FECUNDACIÓN ARTIFICIAL

El proyecto girado por Diputados se aprobó con las modificaciones que introdujo el kirchnerismo, por lo que deberá volver a la cámara baja.
Por Mónica del Río
La votación registró 60 votos a favor y 2 en contra, los de Liliana Negre de Alonso y Blanca Monllau.
El debate
José Manuel Cano, presidente de la Comisión de Salud, (UCR, Tucumán): “el proyecto, al garantizar la cobertura, pone en un plano de igualdad a todas las personas que no pueden concebir”. “En el Código Civil se contemplarán otras cuestiones pero hoy hay que salvar los escollos económicos”. “No podemos considerar a la infertilidad como una enfermedad a partir del matrimonio igualitario”. “Las leyes deben ser coherentes”.
Liliana Fellner (FpV, Jujuy): como miembro informante del oficialismo describió las dos modificaciones que su bloque propuso: 1) propiciar la formación y capacitación continua de recursos humanos que se dediquen a técnicas de reproducción asistida y 2) que el Ministerio de Salud garantice las partidas presupuestarias.
Graciela Di Perna (FpV, Chubut): “es un reconocimiento al derecho reproductivo y al de formar una familia completa, pero es una ley insuficiente”. Para Di Perna se deberían mencionar las posibles infracciones o delitos: retribución económica a los donantes, transferencia de más de 3 embriones, manipulación de ovocitos, selección del sexo, etc.
Liliana Negre (ACF, San Luis): “lo positivo ya lo han manifestado” -dijo la puntana que presentó un dictamen en minoría- por lo que se dedicó a hacer observaciones. Entre las fallas del proyecto destacó: no se habla de esterilidad comprobada, no contempla el derecho a la identidad, no prohíbe la destrucción de embriones, no limita el número de óvulos a fecundar, no exige la transferencia de todos los embriones y no fija límites por edad o tiempo de residencia en el país.
Jaime Linares (FAP, BsAs): ponderó la ley de la provincia de Buenos Aires y aseguró que la sanción de una ley nacional va a bajar la angustia de muchas familias.
Eugenio “Nito” Artaza (UCR, Ctes.): recordó que en el 2012 se produjo el primer nacimiento de una persona, concebida de este modo, en un hospital público de la provincia de Buenos Aires. Celebró que sea una ley “para todas las personas sin exclusiones” y pidió que no se hicieran modificaciones para no dilatar el tema.
Ma. de los Ángeles Higonet (Justicialista. La Pampa): “es un paso más hacia la ampliación de derechos”.
Roberto Basualdo (ACF ,San Juan): comentó que desde el 2005 viene trabajando en el tema y subrayó que esto ya se viene haciendo y “hay que darle la posibilidad a todos de que lo puedan hacer”.
Marta Borello (UCR, Cba.): “el proyecto garantiza la igualdad, hace 25 años que esto se hace en el país pero no todos pueden acceder”. Habló del “derecho humano” a tener un hijo y solicitó que no se modifique la media sanción de Diputados.
Horacio Lores (MNP): rindió un homenaje a Robert Edwards, “el padre” de la fecundación artificial, muerto recientemente. Aseguró que en el mundo hay 6.000.000 de niños nacidos con estas técnicas y que en Argentina hay “una enorme inequidad evitable”. Pidió suprimir las modificaciones para que el Cuerpo sancione definitivamente.
Luis Naidenoff (UCR, Formosa): “con esta ley se salda una deuda concreta con la sociedad”. “Todos, sin ningún tipo de discriminación, podrán acceder a las técnicas”, a las que consideró inmersas en el derecho a la salud. Abogó por el derecho a la identidad.
José María Roldán (FDT, Ctes.): “se salda una deuda con los que sufren la frustración de no poder procrear”.
Daniel Filmus (FpV, Cap. Fed.): “estamos discutiendo el papel del estado frente a la igualdad”. Dijo que se había aludido a la ley de la provincia de Buenos Aires que “es restrictiva porque considera a la infertilidad como enfermedad” cuando este proyecto no excluye a nadie (personas solas, parejas del mismo sexo).
Blanca Monllau (FCyS, Catamarca): adhirió a las observaciones hechas por Di Perna y Negre y aclaró que no compartía el proyecto. “Es necesario pero insuficiente”, remarcó. Desnudó después idas y vueltas del oficialismo: “la presidente dijo que esto no se iba a tratar porque estaba en el proyecto de Reforma del Código Civil anunciado para mayo ¿qué cambió?”.
Ma. Rosa Díaz (Nvo.Encuentro, T.del F.): señaló que no se establece la edad de los receptores y donantes, que no se limita el número de intentos, y que no se pide agotar antes los tratamientos de baja complejidad; resaltando después que los recursos del Estado no son ilimitados y que hay otras necesidades en materia de salud. No obstante, anticipó el acompañamiento de su bloque al proyecto del oficialismo.
Sonia Escudero (8 de octubre, Salta): “hoy sólo acceden los que tienen dinero y esto repugna a la garantía de igualdad”. “El derecho a procrear hace al derecho a la salud”. “Denegar el derecho a procrear implica una discriminación”.
Gerardo Morales (UCR, Jujy): reivindicó “el avance en materia de derechos” como una actividad del Congreso.
Ma. Eugenia Estenosoro (CC, Cap.Fed.): “el proyecto garantiza un acceso integral e igualitario, de modo que la situación económica o la orientación sexual no sea un impedimento”. Pidió que no se dilate la sanción definitiva introduciendo modificaciones.
Laura Montero (UCR, Mza.): narró que presentó un proyecto en 2011 porque tiene personas muy cercanas con problemas para concebir. “El derecho a la salud debe ser igualador y universal”. Abogó por la supresión de las modificaciones.
Sandra Giménez (FR, Misiones): se manifestó sumamente orgullosa, “bendecida” por estar tratando ese proyecto.
Norma Morandini (FCyS, Cba.): pidió llevar al debate los dilemas éticos que aneja el avance tecnológico.
Adolfo Rodríguez Saá (ACF, San Luis): “es una ley muy importante que afecta a miles de familias que quieren tener un hijo y no tienen posibilidades económicas”.
Miguel Ángel Pichetto (FpV, Río Negro): enfatizó que “vienen ampliando derechos y éste es un paso adelante”.
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NOTIVIDAAño XIII, Nº 879, 24 de abril de 2013

sábado, 12 de febrero de 2011

Obispos de Francia repudian manipulación de "bebé medicamento"

La Conferencia Episcopal de Francia (CEF) rechazó la manipulación del primer "bebé-medicamento" del país, concebido a través de la fertilización in vitro y la selección genética, y cuyo destino es curar a su hermano mayor.
El pequeño Umut Talha, cuyo nombre en turco significa esperanza, nació hace unos días con un peso de 3 kilos 650 gramos en el Hospital Antoine Béclère en París. Fue "diseñado" para curar a uno de sus hermanos de una enfermedad genética grave, la beta-talasemia, causante de la anemia, y que exige repetidas transfusiones de sangre.
El bebé nació luego de un doble diagnóstico genético preimplantacional que permite la selección de los embriones -incluyendo el aborto de los que los especialistas consideren "no aptos" - para que el bebé nazca sin la enfermedad y puede convertirse en donante compatible para sus hermanos.
En el futuro, a través de las células extraídas del cordón umbilical de Umut Talha, se podrá realizar el trasplante que permitiría la cura del hermano mayor.
Sobre este caso, los obispos franceses recordaron en un comunicado del 9 de febrero que "querer curar a un hermano por humanidad hace honor al hombre" y "acompañar en el sufrimiento a los padres que tienen un hijo gravemente enfermo es un deber de la sociedad".
Los prelados comprenden la tristeza de los padres y su esperanza en la medicina, pero "legalizar el uso de los seres humanos más vulnerables para curar a otro no es digno del hombre. Concebir un hijo para utilizarlo -aunque sea para curar a otro ser humano- no es respetuoso con la dignidad".
"El utilitarismo es siempre una regresión. Es peligroso para una sociedad el no respetar los intereses primordiales del niño estipulados en la Convención de los derechos del Niño", añade el texto.
Finalmente hicieron un llamado a "a correcta investigación para que se encuentren más tratamientos terapéuticos apropiados".
De otro lado el Arzobispo de París, Cardenal André Vingt-Trois, ante la asamblea nacional el pasado 8 de febrero reunida para tratar el proyecto de ley sobre bioética, rechazó el uso de los "bebés-medicamentos" ya que eso "supondría la explotación de un ser humano a favor de otro".
No se puede "utilizar a alguien al servicio exclusivo de otro, pues así este niño sería una herramienta para buscar la cura de otro niño. ¿Nos convertiremos en herramientas?" cuestionó.
El primer bebé medicamento nació en Estados Unidos en el año 2000, posteriormente también en España y Bélgica se utilizó otros bebés con el mismo fin.
La Iglesia se opone a la manipulación de personas como herramientas para la investigación científica, y diferencia el acto humano de querer ayudar al prójimo del uso de personas indefensas como herramienta de investigación.
Además, la doctrina católica se opone a la fecundación in vitro por dos razones primordiales: primero, porque se trata de un procedimiento contrario al orden natural de la sexualidad que atenta contra la dignidad de los esposos y del matrimonio; segundo, porque la técnica supone la eliminación de seres humanos en estado embrionario tanto fuera como dentro del vientre materno, implicando varios abortos en cada proceso.
fuente: ACI Prensa

miércoles, 17 de noviembre de 2010

COMISIÓN DE FAMILIA ESTUDIA FECUNDACIÓN ARTIFICIAL

Se agregó un tercer dictamen de minoría elaborado por Cinthya Hotton. Preocupación, alarma y decepción
En nuestra entrega anterior (Vid. Notivida 742) informamos acerca del tratamiento de los proyectos de ley de "reproducción humana asistida" en el seno de la Comisión de Acción Social y Salud Pública de la H. Cámara de Diputados de la Nación. En esa ocasión nos referíamos al dictamen de mayoría -impulsado por la Diputada Silvia Majdalani (PRO) y a dos dictámenes de minoría suscriptos uno por el diputado Fiad (UCR, Jujuy) y el otro por la diputada Ivana Bianchi (PJ Federal, San Luis).
En esta oportunidad debemos adicionar la existencia de un tercer dictamen de minoría elaborado por la Diputada Cinthya Hotton y remitido a la Comisión de Familia en el día de ayer, que no deja de causar preocupación y alarma, por cuanto si bien afirma que “…El embrión es persona y, por lo tanto, sujeto de derechos desde la concepción….” (artículo 13, párrafo segundo) y declara que “el embrión tiene derecho a nacer, a la salud, a la integridad física, a la identidad y a que se respete su medio ambiente natural y la vida”, postula legislar prácticas abiertamente contradictorias con esos principios.
Ciertamente, la misma técnica de reproducción humana artificial involucra un tratamiento despersonalizante de los embriones humanos, quienes luego de ser “producidos”[1] en el laboratorio, son manipulados, observados, seleccionados y tratados como cosas, de un modo no acorde con su dignidad de seres humanos.
En este sentido, llama la atención que al mismo tiempo que afirma la personalidad de los embriones, Hotton permite que los mismos sean objeto de contratos de donación[2], estableciendo que:
“La donación de gametos y embriones debe realizarse a título gratuito. Queda prohibido a los centros médicos asistenciales la promoción de incentivos económicos, lucrativos o comerciales para la donación, así como la realización de compensaciones de cualquier tipo y naturaleza. No se puede concebir más de tres hijos con los gametos de un mismo donante. La conservación de los gametos está permitida por un período no mayor a los tres años” (artículo 9°)
Y que:
“Los derechos sobre los embriones criopreservados corresponden a las parejas destinatarias de las técnicas de reproducción humana asistida” (artículo 21)
En cuanto al congelamiento de embriones, si bien el artículo 20 declara su prohibición admite excepciones a dicha regla. Así, ese precepto establece que “La crioconservación de embriones está prohibida. Sólo se permitirá en los siguientes supuestos: a) Mientras dure el tratamiento b) Cuando surjan intercurrencias transitorias que pongan en riesgo la viabilidad del embarazo c) En los casos en que exista complicación médica o quirúrgica, según criterio médico”.
El artículo 18, ocupado de las prohibiciones, establece que a partir de la sanción de la ley queda prohibido el uso de embriones para experimentación, la comercialización de embriones, la conservación de gametos y la destrucción de embriones.
No obstante su evidente buena intención, la norma resulta equivocada en la medida en que, desde que en el ordenamiento jurídico vigente los embriones son reconocidos como seres humanos con personalidad y derecho a la vida garantizados desde la concepción y antes de que la prohibición se plasme en la norma proyectada, las conductas que ella describe ya son ilícitas, encuadrando algunas en las tipificaciones del Código Penal.
Al igual que en los dictámenes de Madjalani, Bianchi y Fiad, se instituye como autoridad de aplicación al Ministerio de Salud y se crea, dentro de su ámbito, un registro único de establecimientos médicos (artículos 23 y 24).
Finalmente, de manera coincidente con el dictamen de mayoría, se determina que las prácticas de reproducción humana asistida sólo podrán ser llevadas a cabo en establecimientos que cumplan los requisitos establecidos por la autoridad de aplicación (artículo 25), se legisla sobre la cobertura de esas prácticas por parte de las obras sociales y entidades de medicina prepaga (artículo 26), se establece un régimen de sanciones por incumplimientos al régimen de la ley (artículos 28, 30, 31, 32, 33 y 34), y se dispone que el destino de las multas que se aplicaren a solventar el funcionamiento del registro creado por la ley, al cumplimiento de las obligaciones que ley establece y a la realización de campañas anuales sobre la difusión del contenido de la misma (artículo 25).
En resumidas cuentas, el tercer dictamen de minoría, que, teniendo en cuenta los antecedentes de su autora, debió haber sido de rechazo total de los proyectos, terminó siendo una iniciativa más de carácter despersonalizante, y una verdadera decepción.
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[1] Tal la expresión utilizada en el artículo 19 del dictamen “Los embriones solo pueden ser producidos para ser implantados en un útero femenino…”.
[2] El artículo 1789 del Código Civil define a la donación diciendo “Habrá donación, cuando una persona por un acto entre vivos transfiera de su libre voluntad gratuitamente a otra, la propiedad de una cosa.”
fuente: Notivida

viernes, 25 de septiembre de 2009

Mujer gesta embrión de otra pareja en "trágico error" de industria de fecundación artificial

Un experto en bioética lamentó el "trágico error" de un equipo de fecundación in Vitro (FIV) que implantó en una mujer el embrión de otra pareja y explicó que lo ocurrido es solo el más reciente "capítulo absurdo" protagonizado por esta industria en Estados Unidos.
En declaraciones a CatholicNewsAgency.com (CNA), el Padre Thomas Berg, director ejecutivo del Instituto Westchester para la Ética y la Persona Humana, habló sobre las tragedias que pueden ocurrir en "el mundo sin regulación de la FIV".
Esta semana, Sean y Carolyn Savage presentaron su historia en el programa Today Show. La pareja de Ohio tenía problemas para concebir un hijo y por eso acudieron a la FIV para tener a su cuarto bebé.
Poco después, los médicos informaron a Carolyn que le habían implantado el embrión de otra pareja por error. La mujer decidió seguir con el embarazo, dará a luz en unas semanas y quiere entregar el bebé a sus padres biológicos.
Según el Padre Berg la historia de los Savage "es en muchos sentidos solo el más reciente capítulo absurdo del salvaje oeste que es el mundo sin regulación de la FIV".
"Es trágico que esta industria multimillonaria sea capaz de jugar con las emociones de miles de parejas vulnerables y que el más mínimo prospecto de regular esta industria no solo sea un tabú cultural sino un camino político potencialmente fatal para cualquier congresista que se atreva a asumirlo", indicó.
El experto señaló que la industria de la FIV "no solo perpetúa el surgimiento de miles de embriones humanos con el destino absurdo de permanecer congelados hasta su eventual destrucción (solo una fracción de los embriones creados llega a nacer), pero deja listo el terreo para errores trágicos como el ocurrido con los Savage".
fuente: ACI Prensa

viernes, 23 de enero de 2009

Los embriones, ¿piezas de repuesto o vida humana?

Sacrificados en aras de la investigación
LONDRES, sábado, 19 febrero 2005- La Autoridad para Fertilización Humana y Embrionología del gobierno británico dieron el visto bueno a la clonación de embriones humanos. La BBC informaba el 8 de febrero del mismo año que el creador de la oveja Dolly, Ian Wilmut, había obtenido la licencia para clonar embriones para un estudio de la enfermedad neuronal motora. Ésta fue la segunda vez que la autoridad de fertilización da su aprobación a la clonación humana desde que ésta se hiciera legal en el Reino Unido el año 2001.
Wilmut, junto a investigadores del Kings College de Londres, planea clonar embriones que tengan la enfermedad para estudiar cómo se desarrolla en sus primeras etapas, y probar nuevos medicamentos para ver cómo funcionan. Algunas organizaciones de pacientes, incluyendo la Asociación de la Enfermedad Neuronal Motora, han apoyado la propuesta.
Sin embargo, no todo el mundo ha celebrado la noticia. En una nota de prensa el día 8 de febrero de la Sociedad para la Protección de los Niños no Nacidos, el secretario de la organización, Anthony Ozimic, atacaba la investigación de Wilmut. «Cualquier ‘licencia para clonar y asesinar’ golpea el mismo corazón de la regla básica de nuestra sociedad para vivir juntos en paz, que es ‘no asesinar al inocente’, puesto que el proceso de clonación asesina a muchos niños humanos embrionarios en su etapa de vida más vulnerable», afirmaba Ozimic. «Todos los asesinados son únicos, nunca podrán ser sustituidos, individuos humanos totalmente inocentes».
Otra nota de prensa, publicada por Julia Millington, directora de la Alianza ProVida, indicaba: «Toda clonación humana es intrínsecamente mala y debería prohibirse. Sin embargo, resulta especialmente repugnante la creación de embriones humanos clonados que serán destinados a la experimentación y a su subsiguiente destrucción».
Además, Millington cuestionaba la aprobación para el uso de embriones en un momento en el que se informa de que la mayoría de los mayores avances científicos se han dado utilizando células madre de adultos, éticamente aceptables, y células tomadas del cordón umbilical de bebés recién nacidos.
En Estados Unidos, la Asociación Médica Cristiana también tomó en consideración el plan de Wilmut. En una nota de prensa del 8 de febrero, David Stevens, director ejecutivo de esta asociación de 17.000 miembros, afirmaba: «Se está vistiendo al lobo con piel de oveja al sostener que de alguna manera se está ayudando a la humanidad cuando de hecho se están asesinando seres humanos vivos». Y continuaba: «La así llamada clonación terapéutica poco terapéutica resulta para los sujetos humanos vivos que se destruyen en el proceso».
«Pre-embriones»
En la misma fecha, Mons. Elio Sgreccia, presidente de la Pontificia Academia para la Vida, publicaba un artículo sobre cuestiones relacionadas con el embrión humano. Escribiendo en el periódico italiano Corriere della Sera, Mons. Sgreccia observaba que muchos investigadores justifican la utilización de un embrión, durante sus primeros días de vida, negando que haya alcanzado la etapa en la que es verdaderamente humano. Así, durante los primeros 14 días, los investigadores suelen hablar de etapa de desarrollo del «pre-embrión».
Sin embargo, Mons. Sgreccia observaba que, desde un punto de vista meramente científico, resulta perfectamente evidente que, desde el momento en que el óvulo es fertilizado por el espermatozoide, hay una forma distinta de vida con su propia identidad genética y unidad biológica. Además, tras la fertilización inicial no hay un cambio cualitativo subsiguiente que afecte al proceso de desarrollo de la nueva vida.
Mons. Sgreccia añadía que, desde el punto de vista moral, es suficiente con la simple sospecha de la posibilidad de que en el embrión nos encontremos ante una persona humana para prohibir su utilización en la investigación científica. Por eso, la Iglesia ha insistido en el respeto absoluto del derecho a la vida desde el momento de la concepción.
Lucha por definir la vida
El estatus humano del embrión está siendo debatido en los tribunales, con algunos resultados positivos. Hace dos semanas el juez del condado de Cook, en el estado de Illinois, permitió a una pareja de Chicago encausar a una clínica de fertilidad que destruyó uno de sus embriones. Un reportaje del 5 de febrero en el Chicago Sun-Times explicaba que Alison Miller y Todd Parrish habían acudido al Centro para Reproducción Humana para recibir ayuda en la concepción de un hijo, pero uno de los óvulos fertilizados fue descartado por error por un trabajador de la clínica.
En su decisión, el juez Jeffrey Lawrence II afirmaba que «un pre-embrión es un ‘ser humano’... esté o no implantado en el vientre de su madre». Como resultado, la pareja puede buscar la misma compensación concedida a otros padres cuyos hijos son asesinados. Los comentaristas observaban que la resolución casi seguramente que sería apelada.
Otro caso legal reciente relacionado con la vida no nacida ha sido el del asesinato de Laci Peterson, que estaba embarazada cuando su marido la asesinó. El largo proceso legal terminó el pasado noviembre, cuando Scott Peterson fue declarado culpable por un jurado. El jurado condenó a Peterson por el asesinato en primer grado de su esposa y por el asesinato en segundo grado de su hijo no nacido de 8 meses.
En un artículo publicado el 13 de noviembre en el Christian Post, una analista de Focus on Family, Carrie Gordon Earll, explicaba que «la condena por asesinato de Scott Peterson en la muerte de su esposa y su hijo no nacido, Conner, es una evidencia más de los crecientes cambios en las leyes americanas sobre protección de toda vida humana, incluyendo los jóvenes humanos que todavía residen en el vientre de su madre».
El año pasado, el Tribunal Supremo de California dictaminó que se podría utilizar una ley estatal de 1970 para acusar a asaltantes por la muerte del feto cuando una mujer embarazada es atacada. Los cargos de asesinato del feto pueden ser presentados incluso aunque el agresor no sepa que la víctima estuviera embarazada, informaba el 6 de abril el Los Angeles Times.
Aunque limitada, el embrión obtuvo otra victoria con una decisión del Tribunal Supremo de Kentucky. El tribunal dictaminó que se pueden presentar acusaciones de asesinato si el feto en el momento en que fue asesinado habría sido viable fuera del vientre materno. El tribunal acababa así con una sentencia de hace 21 años que había prohibido los cargos de homicidio contra quien es acusado de asesinar un feto, según informó el 18 de junio el periódico Courier-Journal de Louisville.
En su decisión, el Tribunal Supremo de Kentucky definía al feto como persona en el momento en que fuera viable. La sentencia no decide sin embargo sobre la constitucionalidad de la nueva ley de «homicidio fetal» aprobada el año pasado por el legislativo de Kentucky. La ley permite que se presente la acusación de homicidio cuando un feto es asesinado – sin importar si es viable o no.
Otro caso del 2004 tuvo que ver con Quenten Qortez Thompson considerado culpable por un jurado de Wisconsin del asesinato de un feto, informaba el 11 de junio el Milwaukee Journal Sentinel. Thompson fue declarado culpable del homicidio en primer grado intencional de Nicole Blake y del homicidio en primer grado de su hijo no nacido, según una ley de 1998.
Durante sus primeras etapas de desarrollo, el embrión sigue bajo la amenaza de los investigadores científicos que parecen considerarlo como fuente de repuestos.
Fuente: ZENIT.org, ZSI05021901
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jueves, 22 de enero de 2009

UN FALLO IMPIDE A UNA PAREJA ENGENDRAR UN HIJO PARA SALVAR A OTRO

Una pareja de Mar del Plata había pedido autorización para que le permitieran engendrar un niño que, vía selección genética, le permitiera salvar a otro hijo, que sufre una enfermedad crónica. Pero una sentencia lo impidió.
La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, mediante un fallo, prohibió que una madre realice una clonación para mejorar la salud de su primer hijo, quien sufre de una gravísima enfermedad (EGC) que afecta a todo el sistema inmunológico y se da un caso en un millón de personas aproximadamente. Pese a que los padres, cuya identidad se mantiene en reserva, hicieron todos los tratamientos necesarios para mejorar la salud del niño, su estado resulta incurable, y debe ser sometido a innumerables internaciones, según publica el portal digital La Capital. Por ellos, los médicos determinaron que la única alternativa era engendrar vía fecundación in vitro, y seleccionar el embrión que no tuviera dicha enfermedad, para que, una vez implantado y cuando nazca el nuevo niño, se pudiera utilizar el cordón umbilical para extraer células madres y de tal modo ir mejorando aquella calidad de vida de su otro hijo. Sin embargo, los jueces Alejandro Tazza, Jorge Ferro y Juan José Comparato– este último se sumó al no ponerse de acuerdo enteramente en el fallo los dos primeros– plantearon la existencia de un vacío legal con respecto a cuál será el destino de los embriones restantes. En su resolución exponen que "tratándose de una fecundación in vitro, y habiendo probables embriones restantes, deberá asegurarse el respeto hacia su condición humana, lo que debe figurar explícitamente en el consentimiento informado que los padres deberán formalizar por escrito oportunamente".
Asimismo, determinaron que "los profesionales actuantes deberán proceder a la inmediata crioconservación de los embriones en las condiciones necesarias para mantener su vitalidad y preservar su completa integridad, prohibiendo su utilización con fines experimentales, como también su clonación u otras técnicas de manipulación genética y obviamente su descarte o destrucción". De modo tal que cualquier medida que se intente tomar en relación a los embriones, deberá ser expresamente autorizada por el Poder Judicial (previa intervención del curador que se les nombre y del Ministerio Público) sólo si no se vulneran los derechos humanos de los embriones”. El fallo problematiza sobre el destino de los embriones sobrantes y plantea lo siguiente: Se reconoce la calidad de ser humano al embrión desde el primer momento de la concepción, incluso antes del proceso llamado "singamia", y se protege de tal modo a lo que se conoce con el nombre de "ovocito pronucleado".Se establece una especie de "estatuto jurídico" del embrión, donde se prohíbe expresamente su destrucción; experimentación para fines científicos y una hipotética clonación. Se establece que los eventuales embriones sobrantes sean criopreservados. Se les obliga a nombrar un tutor para salvaguardar los eventuales derechos que pudiesen corresponderles, junto al Ministerio Público Pupilar a cargo de la Defensoría Oficial del Poder Judicial. Como no pude durar in eternum su criopreservación, y ante la ausencia de legislación en nuestro país, se advierte al Congreso de la Nación sobre este "vacío legal" –por intermedio del Ministerio de Justicia– y se insinúan algunas pautas al respecto, como su posible adopción.

jueves, 11 de diciembre de 2008

Mujer comprende que vida comienza en concepción y retira demanda contra Costa Rica

La prensa local informó que Ana Victoria Sánchez, una de las mujeres que demandó al Estado costarricense ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos porque éste no permite la fecundación in vitro, decidió retirar la polémica demanda al comprender que los hijos son un don de Dios y no puede arriesgar las vidas de los embriones muchas veces sacrificados en los procesos de fecundación artificial.
"Comprendí que ser padres no es un derecho, sino un don que da Dios, y aunque no sea fácil de aceptar, me di cuenta y lo acepté en mi corazón. Le diría a quienes desean ser padres y físicamente no lo pueden hacer, que acudan a la adopción, hay muchos niños que desean tener una familia y así podemos darles todo nuestro amor a esos niños que lo necesitan", explicó a la prensa.
Según informó el diario Extra, Ana Victoria Sánchez y su esposo adoptaron dos niños, asegura que ellos llenaron su hogar de alegría y los ama profundamente.
La mujer asegura que comprendió que el cigoto es un ser humano en fase inicial y cuando mueren durante el proceso de fecundación in vitro, se pierden vidas humanas y no células. Afirma que ha investigado mucho sobre el tema, admite que su deseo de ser madre la llevó a creer lo que le dijeron, pero ante la duda actuar correctamente, se informó mejor en textos médicos.
La ex demandante envió un documento a la CIDH en el que retira la demanda y ofrece argumentos contundentes contra las técnicas de fecundación in Vitro.
"En medio de toda esta biotecnología es fácil olvidarse de algo que es fundamental: la dignidad del ser humano. Cada ser humano es desde su concepción una unidad de cuerpo y espíritu, posee en sí mismo el principio de vida que lo llevará a desarrollar todas sus potencialidades. Por ello, la dignidad propia de todo ser humano, sin importar las circunstancias específicas con las que se inicia su vida, debe ser siempre considerado un bien, que exige ser reconocido y tutelado", explicó en el texto.
La mujer agrega que "precisamente por esa dignidad inalienable del ser humano desde el primer momento de su existencia, es que he llegado a comprender que solamente la entrega recíproca de un hombre y una mujer, expresada y realizada en el acto conyugal, representa el contexto digno para hacer surgir de una nueva vida humana. La fecundación in vitro, en realidad no es una terapia para la esterilidad, más bien es un modo indigno de producir una nueva vida humana, cuyo comienzo dependería en buena medida de la acción técnica de personas extrañas a los progenitores".
"Concebir a un hijo en un tubo de ensayo lo convierte en un objeto más que en un sujeto del amor conyugal, sin tomar en cuenta los costos económicos y sobre todo los riegos de viabilidad y salud física y emocional que conlleva para el embrión y la propia madre, ni otras consecuencias aún más delicadas", agregó.
Los hechos
En Costa Rica, hasta el año 2000 la técnica de fertilización in vitro estuvo regulada por un decreto ejecutivo que permitía la transferencia de seis óvulos fecundados al útero. Sin embargo, la Sala Constitucional de Costa Rica declaró inconstitucional dicho Decreto por considerar que esos procedimientos atentaban contra la vida humana.
En el año 2000, luego de la sentencia, un primer grupo de 15 parejas presentó la demanda contra el Estado de Costa Rica ante la CIDH para exigir el reconocimiento de estos procedimientos. El 28 de octubre pasado se realizó la audiencia del caso, y se escucharon tanto los argumentos del Estado como de los demandantes. El pronunciamiento final de la comisión está pendiente.