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viernes, 25 de noviembre de 2011

DDHH DE LA MADRE Y EL HIJO: COMUNICADO DE LA RED FEDERAL DE FAMILIAS

Al concluir el año parlamentario la Red Federal de Familias (RFF) consideró que la presentación del proyecto de ley que ha patrocinado, de Protección Integral de los Derechos Humanos de la Mujer Embarazada y del Niño por Nacer (Expte. N° 8516-D-2010), ha marcado un hito legislativo. La Red se comprometió a impulsar una nueva presentación del mismo en el próximo período legislativo, agradeció a los más de 30 diputados que lo acompañaron con su firma, invitó a los que quedan en la Cámara a mantener su adhesión y exhortó a los que ingresan a incorporar su firma.
Asimismo dejó en claro que la protección integral de la familia y de la mujer no pueden encararse mediante soluciones parciales, en cuanto no se tenga en cuenta, como objetivo primordial, la protección del niño por nacer, cuya indefensión es la más grave y cuya subsistencia, y no sólo su salud y bienestar, es la que se encuentra más amenazada..

A continuación el texto completo del comunicado:

COMUNICADO DE LA RED FEDERAL DE FAMILIAS

Próximos a finalizar el año parlamentario y ante la inminente renovación de las Cámaras, la RED FEDERAL DE FAMILIAS encuentra propicia la ocasión para agradecer a los diputados que acompañaron con su firma el Proyecto de Ley de Protección Integral de los Derechos Humanos de la Mujer Embarazada y del Niño por Nacer (Expte. N° 8516-D-2010) que, como expresa en su propia fundamentación, ha sido tomado del Título III del proyecto de ley de Protección Integral de la Familia que esta Red impulsa para presentar ante el Congreso de la Nación mediante el procedimiento de Iniciativa Popular (art. 39 de la Constitución Nacional).

Más allá de la virtual pérdida de estado parlamentario del proyecto, consideramos que el mismo ha marcado un hito al propiciar un régimen legal que, atendiendo verdaderamente a la problemática que pudiera presentarse ante determinados embarazos, proporciona una solución integradora que respeta y protege por igual los derechos de los dos integrantes del binomio madre-hijo, esencialmente iguales en dignidad e igualmente valiosos.

Asimismo, ante noticias relativas a la presentación y tratamiento –finalmente frustrado– de un proyecto de ley de “Régimen de Protección Integral de la Mujer Embarazada”, la RED FEDERAL DE FAMILIAS se ve en la obligación de poner en claro que aquella propuesta –al eliminar por completo todas las disposiciones que se referían a los derechos del niño por nacer– no se corresponde de manera alguna con el proyecto original, al cual distorsiona y cuyo tratamiento posterior dificulta o enerva.

La regulación legal y la protección de los derechos de la madre, sin la correspondiente y simultánea consideración de los del hijo concebido y nonato, desnaturaliza por completo la idea de “protección integral” que contiene el proyecto propiciado por la RED FEDERAL DE FAMILIAS y abre las puertas al reconocimiento de un derecho autónomo de la mujer embarazada, independiente del fruto de sus entrañas y, por lo tanto, indiferente, al menos, respecto de su suerte.

De tal manera –y por cuanto una ley de esa naturaleza pone todas sus miras en el cuidado exclusivo de los intereses de la mujer y se desentiende por completo del hijo concebido– se ve favorecida la introducción del “derecho al aborto” pretendido por todos los partidarios de la legalización de esa práctica criminal.
La protección integral de la familia y de la mujer no puede de modo alguno encararse mediante soluciones parciales –por muy laudables y bienintencionadas que sean– que no tengan en cuenta, como objetivo primordial, la protección del niño por nacer, cuya indefensión es la más grave y cuya subsistencia, y no sólo su salud y bienestar, es la que se encuentra más amenazada.

En esa inteligencia, la RED FEDERAL DE FAMILIAS propicia una nueva presentación del Proyecto de Ley de Protección Integral de los Derechos Humanos de la Mujer Embarazada y del Niño por Nacer para el próximo año parlamentario. Exhorta a los diputados que lo acompañaron con su firma y que continúan su mandato a renovar su adhesión, e invita a quienes se incorporan a partir del próximo 10 de diciembre a adherir al mismo.
Dado el 18 de noviembre de 2011.
fuente: NOTIVIDA

lunes, 14 de noviembre de 2011

DESNATURALIZAN EL PROYECTO IMPULSADO POR LA RED FEDERAL DE FAMILIAS

Según El Parlamentario, el próximo martes 15 de noviembre la Comisión de Familia de la Cámara de Diputados tratará el proyecto 5200-D-2011, presentado por la diputada Cynthia Hotton, que no es más que una copia desmejorada del 8516-D-2010, “Proyecto de Ley de Protección de los Derechos Humanos de la Mujer Embarazada y los Niños por Nacer”, originado en la Iniciativa Popular elaborada por la Red Federal de Familias y suscripto por 30 diputados, entre ellos, la misma Hotton (Vid Notivida Nº 744, 751, 753 y 762).
La noticia causó honda preocupación y alarma en el campo provida, no por el plagio en sí, sino porque una vez más se focaliza en los derechos de la mujer y se dejan de lado los derechos del más indefenso, el niño por nacer. En efecto, sin que exista una explicación razonable para ello, en la nueva propuesta fueron eliminadas del título y del articulado, todas las referencias y garantías de protección que el Proyecto 8516-D-2010 depara a los niños por nacer. La inexplicable supresión de referencias y garantías para los niños por nacer implican una notoria desnaturalización del proyecto originado en la Red Federal de Familias, que no aparece siquiera mencionado en la exposición de fundamentos.
Para ver un cuadro comparativo de ambos expedientes pulse aquí o ingrese en
Como puede observarse dejando sólo parte del contenido se tuerce el espíritu del proyecto original. Por ejemplo:
Del artículo 1º del Proyecto 8516-D-2010, reproducido en el artículo 1º del Proyecto 5200-D-2011, desaparecen el concepto de niño por nacer y la mención del principio del interés superior del niño.
Del artículo 4º del Proyecto 8516-D-2010, reproducido en el Proyecto 5200-D-2011, desaparece todo el primer párrafo contenido en el Proyecto 8516-D-2010 y con él la garantía de igualdad de oportunidades y la prohibición de discriminación relativa a los niños por nacer.
El artículo referido al Sistema de Protección Integra (artículo 8 del Proyecto 8516-D-2010 y 5 del Proyecto 5200-D-2011 aparece sólo focalizado en la mujer embarazada, pues se elimina la referencia a los niños por nacer.
Significativo resulta también que del artículo referido a la responsabilidad del Estado (artículo 14 del Proyecto 8516-D-2010 y 12 del Proyecto 5200-D-2011) se haya eliminado las referencias a la intervención de los representantes legales y Asesor de Menores en defensa de los derechos humanos de los niños por nacer.
Finalmente, la única originalidad de la propuesta de Hotton, está en el artículo 9º, referido a “procedimientos, insumos y tecnologías eficaces para el manejo de la emergencia obstétrica”, allí se incluye como “servicio” a brindar por “cada hospital público o privado”, la “aparatología para la aspiración inmediata por complicaciones de abortos”, lo que aumenta la preocupación.
fuente: NOTIVIDA

miércoles, 2 de noviembre de 2011

[ATENCIÓN] ACLARACIONES SOBRE EL PSEUDO DICTAMEN DE COMISIÓN

En nuestro último boletín informamos que la reunión de la comisión de Legislación Penal, realizada en el día de ayer para tratar aborto fracasó, ya que no hubo despacho de comisión.
Recibimos muchas consultas al respecto porque al cierre de la reunión, en un operativo mediático, las diputadas  Victoria Donda (FAP) y Vilma Ibarra (Nuevo Encuentro) anunciaron que había dictamen de mayoría y muchos medios se hicieron eco de esas expresiones.
Publicamos a continuación el texto completo de la nota que enviara hoy la diputada Patricia Bullrich al presidente de la Cámara:

... en mi carácter de Diputada Nacional, miembro de la Comisión de Legislación Penal de esta Cámara, respetuosamente me presento y digo:
Que vengo por el presente a impugnar el pseudo dictamen emitido en el día de ayer, 1 de Noviembre de 2011, por la Comisión de Legislación Penal de esta Cámara, ya que el mismo fue signado sólo por 5 de los miembros de la comisión presentes, cuando había una cantidad de 15 diputados miembros de la comisión en la reunión que se estaba llevando a cabo para tratar el tema del aborto, razón por la cual no se contaba con las mayorías necesarias, de la mitad más uno, para emisión de un dictamen de conformidad con los dispuesto en el Art. 108 segundo párrafo del Reglamento de la Cámara.
En efecto, de los 31 miembros con que cuenta esta Comisión, para formar quórum se necesitaban 16 presentes en la reunión, pasada la media hora, se comenzó a sesionar con 1/3 de los miembros presentes, es decir con la presencia de 11 diputados, con el avance de la reunión, se hicieron presentes otros 4 miembros, con lo que se llegó al número de 15 miembros de la comisión presentes en la sala, razón por la cual para emitir un dictamen que respetara las mayorías dispuestas en el art. 108, se necesitaban 8 firmas, con lo que queda claro que le faltaron 3 firmas al mismo para ser considerado siquiera un dictamen en minoría.

Es por ello que vengo formalmente a impugnar el dictamen en cuestión.
___

FUENTE: NOTIVIDA

viernes, 15 de julio de 2011

ABORTO: RELATORA DE LA CIDH EN DIPUTADOS

Manifestación pacifica de Jóvenes Pro-Vida
Multitudinaria presencia provida en la jornada pública que convocó la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados para abocarse a estudiar aborto. Entre los activistas abortistas estaban: Mabel Bianco, Cristina Zurutuza, Nina Brugo, Martha Rosenberg, Clori Yelicic, Silvia Ausburger, y el travesti conocido como “Lohana Berkins” que también llevaba atado al cuello su pañuelo verde -distintivo de las abortistas-.
Al inicio de la reunión, el presidente de la Comisión, Juan Carlos Vega (CC), aclaró que esta no fue una reunión de Comisión para tratar un proyecto sino una jornada sobre aborto. Considera Vega que éste ha sido un tema “silenciado y censurado” y que el “Congreso argentino tiene una larga deuda con este debate”. Afirmó que escuchaban todas las voces, “no sólo a los que están a favor de la despenalización del aborto”. Recordemos que hasta el presente la Comisión no comenzó formalmente con el estudio de los proyectos pero organizó dos jornadas, ambas con una única oradora y en los dos casos abortista.

La exposición de Luz Mejía relatora de la CIDH
Anticipó que en el marco del debate sobre aborto ella iba a hablar de los “derechos reproductivos de la mujer”. “La salud reproductiva de las mujeres debe ocupar un lugar importante en la agenda legislativa y en las políticas públicas”, aseveró.
Advirtió que están demandando al Estado de Costa Rica porque prohibió la Fecundación in Vitro, lo que implica para Mejía una violación a los “derechos de la mujer”. Y criticó a Nicaragua por restringir “el derecho al aborto”. “El aborto terapéutico es un servicio de salud especializado, necesario para las mujeres”.

Abortistas del grupo Las Rojas

Se refirió al caso de la mejicana Paulina Ramírez y al de la nicaragüense Amelia en la que los médicos, dijo, se acogieron a “un supuesto derecho de objeción de conciencia”.
Los problemas de salud de materna y el aborto son también “problemas de discriminación porque sólo los sufren las mujeres”, afirmó Mejía. Para la comisionada, evidentemente, no cuentan los niños por nacer asesinados.
Aseguró que lo previsto en el Pacto de San José de Costa Rica no contradice la legalización del aborto y aludió al caso “Baby Boy”.
Como la exposición de Mejía no añadió nada novedoso a los argumentos abortistas, no hacen falta nuevas refutaciones. Recomendamos al respecto el artículo del Dr. Ricardo Bach de Chazal, Inconstitucionalidad y no convencionalidad del aborto voluntario, donde se analizan todos los casos mencionados hoy por la Relatora de la CIDH.

Ronda de preguntas
Tras la exposición, Mejía contestó sólo las preguntas de algunos diputados; las de Ivana Bianchi y Cynthia Hotton las eludió. Bianchi le pidió que se defina respecto a la objeción de conciencia y le preguntó si contaba con estudios sobre las secuelas –físicas y psíquicas- del aborto. Hotton le preguntó si un proyecto de ley como el que garantiza los DDHH de la mujer embarazada y de los niños por nacer (expte. 8516/2010) que está en la Comisión de Familia no reduciría los problemas de salud materna en los que Mejía había hecho hincapié.

fuente Notivida
Fotografias: Mariano G. Pérez

miércoles, 17 de noviembre de 2010

COMISIÓN DE FAMILIA ESTUDIA FECUNDACIÓN ARTIFICIAL

Se agregó un tercer dictamen de minoría elaborado por Cinthya Hotton. Preocupación, alarma y decepción
En nuestra entrega anterior (Vid. Notivida 742) informamos acerca del tratamiento de los proyectos de ley de "reproducción humana asistida" en el seno de la Comisión de Acción Social y Salud Pública de la H. Cámara de Diputados de la Nación. En esa ocasión nos referíamos al dictamen de mayoría -impulsado por la Diputada Silvia Majdalani (PRO) y a dos dictámenes de minoría suscriptos uno por el diputado Fiad (UCR, Jujuy) y el otro por la diputada Ivana Bianchi (PJ Federal, San Luis).
En esta oportunidad debemos adicionar la existencia de un tercer dictamen de minoría elaborado por la Diputada Cinthya Hotton y remitido a la Comisión de Familia en el día de ayer, que no deja de causar preocupación y alarma, por cuanto si bien afirma que “…El embrión es persona y, por lo tanto, sujeto de derechos desde la concepción….” (artículo 13, párrafo segundo) y declara que “el embrión tiene derecho a nacer, a la salud, a la integridad física, a la identidad y a que se respete su medio ambiente natural y la vida”, postula legislar prácticas abiertamente contradictorias con esos principios.
Ciertamente, la misma técnica de reproducción humana artificial involucra un tratamiento despersonalizante de los embriones humanos, quienes luego de ser “producidos”[1] en el laboratorio, son manipulados, observados, seleccionados y tratados como cosas, de un modo no acorde con su dignidad de seres humanos.
En este sentido, llama la atención que al mismo tiempo que afirma la personalidad de los embriones, Hotton permite que los mismos sean objeto de contratos de donación[2], estableciendo que:
“La donación de gametos y embriones debe realizarse a título gratuito. Queda prohibido a los centros médicos asistenciales la promoción de incentivos económicos, lucrativos o comerciales para la donación, así como la realización de compensaciones de cualquier tipo y naturaleza. No se puede concebir más de tres hijos con los gametos de un mismo donante. La conservación de los gametos está permitida por un período no mayor a los tres años” (artículo 9°)
Y que:
“Los derechos sobre los embriones criopreservados corresponden a las parejas destinatarias de las técnicas de reproducción humana asistida” (artículo 21)
En cuanto al congelamiento de embriones, si bien el artículo 20 declara su prohibición admite excepciones a dicha regla. Así, ese precepto establece que “La crioconservación de embriones está prohibida. Sólo se permitirá en los siguientes supuestos: a) Mientras dure el tratamiento b) Cuando surjan intercurrencias transitorias que pongan en riesgo la viabilidad del embarazo c) En los casos en que exista complicación médica o quirúrgica, según criterio médico”.
El artículo 18, ocupado de las prohibiciones, establece que a partir de la sanción de la ley queda prohibido el uso de embriones para experimentación, la comercialización de embriones, la conservación de gametos y la destrucción de embriones.
No obstante su evidente buena intención, la norma resulta equivocada en la medida en que, desde que en el ordenamiento jurídico vigente los embriones son reconocidos como seres humanos con personalidad y derecho a la vida garantizados desde la concepción y antes de que la prohibición se plasme en la norma proyectada, las conductas que ella describe ya son ilícitas, encuadrando algunas en las tipificaciones del Código Penal.
Al igual que en los dictámenes de Madjalani, Bianchi y Fiad, se instituye como autoridad de aplicación al Ministerio de Salud y se crea, dentro de su ámbito, un registro único de establecimientos médicos (artículos 23 y 24).
Finalmente, de manera coincidente con el dictamen de mayoría, se determina que las prácticas de reproducción humana asistida sólo podrán ser llevadas a cabo en establecimientos que cumplan los requisitos establecidos por la autoridad de aplicación (artículo 25), se legisla sobre la cobertura de esas prácticas por parte de las obras sociales y entidades de medicina prepaga (artículo 26), se establece un régimen de sanciones por incumplimientos al régimen de la ley (artículos 28, 30, 31, 32, 33 y 34), y se dispone que el destino de las multas que se aplicaren a solventar el funcionamiento del registro creado por la ley, al cumplimiento de las obligaciones que ley establece y a la realización de campañas anuales sobre la difusión del contenido de la misma (artículo 25).
En resumidas cuentas, el tercer dictamen de minoría, que, teniendo en cuenta los antecedentes de su autora, debió haber sido de rechazo total de los proyectos, terminó siendo una iniciativa más de carácter despersonalizante, y una verdadera decepción.
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[1] Tal la expresión utilizada en el artículo 19 del dictamen “Los embriones solo pueden ser producidos para ser implantados en un útero femenino…”.
[2] El artículo 1789 del Código Civil define a la donación diciendo “Habrá donación, cuando una persona por un acto entre vivos transfiera de su libre voluntad gratuitamente a otra, la propiedad de una cosa.”
fuente: Notivida

martes, 6 de abril de 2010

Ciencia respalda defensa de la vida desde la concepción, afirma diputada argentina

La diputada Cynthia Hotton advirtió que el aborto no es un tema urgente para el país y viola las leyes argentinas. Asimismo explicó la necesidad de luchar por los niños pobres y desnutridos antes que por despenalizar esta práctica anti-vida; y resaltó que la ciencia respalda a la Constitución que protege al no nacido desde la concepción.
"El derecho a la vida no es una cuestión de ideología, ni de religión, sino una emanación de la naturaleza humana. La legislación Argentina defiende la vida desde el inicio, la concepción. Desde el momento que fue descubierto el mapa genético se ha demostrado que a partir de la concepción ya existe un nuevo ADN, una nueva persona dentro del cuerpo de la madre. Esta defensa a favor de la vida no es una cuestión ideológica sino una cuestión con valor científico", expresó la diputada.
De esta manera respondió a las declaraciones de la también diputada Cecilia Merchan, que durante la presentación del proyecto de "Ley de la Campaña Nacional por el derecho al aborto legal, seguro y gratuito", afirmó que "la ley de aborto es un tema de absoluta necesidad y urgencia".
"De necesidad y urgencia son los problemas que atraviesa la niñez donde un grupo de personas quiere decidir sobre el derecho a la vida, el derecho a nacer. El aborto no debe ser una opción. Hay otras formas de solucionar la problemática de las mujeres con embarazos no deseados, la adopción es una posibilidad", indicó Hotton.
La legisladora advirtió que es grave "que algunas personas se crean con derecho a quitarle derechos a los más vulnerables e indefensos, los niños no nacidos. Nadie en este país debe decidir sobre la vida de otra persona y mucho menos de una que aún no puede defenderse".
En ese sentido, recordó que la legislación nacional reconoce como niño a "todo ser Humano desde el momento de la concepción y hasta los 18 años de edad", y el Código Civil señala que desde la concepción comienza la existencia de las personas, y antes de su nacimiento pueden adquirir algunos derechos, como si ya hubiesen nacido.
fuente: ACI Prensa